Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. (04309/2024)
Aprobación definitiva de modificación de varias ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdelacalzada
Anuncio 4309/2024
Adultos
2,00 €
Entradas fin de semana y festivos:
Infantil, de 6 a 14 años
2,00 €
Adultos
3,00 €
Bono de 10 baños:
Infantil, de 6 a 14 años
12,00 €
Adultos
18,00 €
Bono de 20 baños:
Infantil, de 6 a 14 años
24,00 €
Adultos
36,00 €
Bono de temporada:
Infantil, de 6 a 14 años
45,00 €
Adultos
70,00 €
Familiar
90,00 €
Se consideran adultas todas las personas de 15 años en adelante.
Los menores de 6 años están exentos del abono de la tasa, siempre que vayan acompañados de adultos.
______________
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR VERTIDO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
Artículo 4.º.- Cuantía.
La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente:
CUOTAS FIJAS
Uso doméstico
16,00 €/trimestre
Uso comercial-industrial
32,00 €/trimestre
TRAMOS DE CONSUMO
De 0 a 15 m³ de consumo de agua
0,05 €/m³/trimestre
De 16 a 30 m³ de consumo de agua
0,07 €/m³/trimestre
De 31 a 50 m³ de consumo de agua
0,10 €/m³/trimestre
Más de 50 m³ de consumo de agua
0,15 €/m³/trimestre
______________
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA A GUARDERÍA INFANTIL EN
ESTABLECIMIENTO DOCENTE DEPENDIENTE DE ESTA ENTIDAD
ANEXO
Cuota mensual con comedor
100,00 € /mes
Cuota mensual sin comedor
70,00 € /mes
Cuota mensual cuando asisten al Centro más de un miembro de la unidad familiar:
Reducción 33%
En el supuesto de que el servicio no se preste por meses íntegros exceptuando el periodo vacacional escolar la cuota será la
mitad.
________________
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE VERIFICACIÓN Y
CONTROL DE ACTUACIONES URBANÍSTICAS SUJETAS AL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN PREVIA
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Adultos
2,00 €
Entradas fin de semana y festivos:
Infantil, de 6 a 14 años
2,00 €
Adultos
3,00 €
Bono de 10 baños:
Infantil, de 6 a 14 años
12,00 €
Adultos
18,00 €
Bono de 20 baños:
Infantil, de 6 a 14 años
24,00 €
Adultos
36,00 €
Bono de temporada:
Infantil, de 6 a 14 años
45,00 €
Adultos
70,00 €
Familiar
90,00 €
Se consideran adultas todas las personas de 15 años en adelante.
Los menores de 6 años están exentos del abono de la tasa, siempre que vayan acompañados de adultos.
______________
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR VERTIDO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
Artículo 4.º.- Cuantía.
La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente:
CUOTAS FIJAS
Uso doméstico
16,00 €/trimestre
Uso comercial-industrial
32,00 €/trimestre
TRAMOS DE CONSUMO
De 0 a 15 m³ de consumo de agua
0,05 €/m³/trimestre
De 16 a 30 m³ de consumo de agua
0,07 €/m³/trimestre
De 31 a 50 m³ de consumo de agua
0,10 €/m³/trimestre
Más de 50 m³ de consumo de agua
0,15 €/m³/trimestre
______________
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA A GUARDERÍA INFANTIL EN
ESTABLECIMIENTO DOCENTE DEPENDIENTE DE ESTA ENTIDAD
ANEXO
Cuota mensual con comedor
100,00 € /mes
Cuota mensual sin comedor
70,00 € /mes
Cuota mensual cuando asisten al Centro más de un miembro de la unidad familiar:
Reducción 33%
En el supuesto de que el servicio no se preste por meses íntegros exceptuando el periodo vacacional escolar la cuota será la
mitad.
________________
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE VERIFICACIÓN Y
CONTROL DE ACTUACIONES URBANÍSTICAS SUJETAS AL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN PREVIA
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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