Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. (04254/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre de una plaza de Administrativo/a
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Ayuntamiento de Berlanga

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El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético, comenzando por la
persona aspirante que resulte designada previo sorteo realizado al efecto.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y
hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en
Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización a causa de embarazo de
riesgo o parto, debidamente acreditada, que deberá ser comunicada al Tribunal con suficiente antelación, en todo caso,
dentro del plazo de los 5 días hábiles posteriores a la realización de la prueba, adjuntando informe médico que lo
demuestre, de modo que sea valorada y la persona pueda ser convocada con posterioridad.
La situación de la aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la suspensión de las fases que
hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las mismas tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio
común para todas estas situaciones.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Los ejercicios que serán 2, serán obligatorios y eliminatorios. La puntuación máxima será de 20 puntos. La puntuación de
cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los
miembros del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una
diferencia igual o superior a 2 puntos. En el supuesto de que haya más de 2 notas emitidas que se diferencien en 2 o más
puntos, solo se eliminará una de ellas, de las máximas y otra de las mínimas, si fuera el caso.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio: Consistirá en 2 pruebas.
Una primera, tipo test, de 40 preguntas, más 5 de reserva, relativas al programa de materias que se relacionan en el anexo
II, con 4 respuestas alternativas de la que solo una será correcta. Se concederá un tiempo de 40 minutos para su ejecución y
se calificará de 0 a 5 puntos.
Cada respuesta correcta se valorará con 0,125 puntos. Cada respuesta errónea penalizará 0,040 puntos. Las respuestas en
blanco no sumarán ni restarán. Las preguntas de reserva únicamente se valorarán en caso de anulación de alguna o algunas
de las 40 preguntas, por el orden en que estén numeradas.
La segunda prueba de este primer ejercicio consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 50 minutos, 4 preguntas
relativas a las materias del anexo II. Esta prueba se calificará de 0 a 5 puntos, a razón de 1,25 puntos como máximo por
pregunta.
Se valorará la amplitud de conocimientos y la exactitud de los mismos, así como la calidad de la expresión escrita.
Para superar el primer ejercicio habrá de obtenerse como mínimo 2,50 puntos en cada una de las pruebas.
Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a uno o varios supuestos prácticos sobre materias que se incluyen en
el anexo II a estas bases, pudiendo consistir en la redacción de documentos administrativos, resolución de problemas
prácticos, etc.
Este ejercicio tendrá una duración de 60 minutos y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar este
ejercicio obtener una calificación mínima de 5 puntos. Se valorará la correcta aplicación de los conocimientos teóricos para
la resolución de los casos prácticos planteados.
Octava. Calificación.
La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos
ejercicios.
En caso de producirse empates en la puntuación total entre dos o más aspirantes, el Tribunal procederá al desempate entre
los aspirantes con la aplicación de las reglas que a continuación se relacionan, por orden de prelación:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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