Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (04180/2024)
Bases específicas con convocatoria de los IV premios "Nuestra Provincia por la Igualdad" de la Diputación de Badajoz correspondientes al año 2024
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Área de Igualdad

Anuncio 4180/2024

ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto. Lo dispone así el
Presidente de la Diputación de Badajoz, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, dando fe de todo
ello como Secretario General.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo.
Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente
indicada, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier
otro recurso que se estime procedente.
Lo dispone así, el Presidente de la Institución, con fecha de firma electrónica. A tal efecto y por el Secretario General ,
Enrique Pedrero Balas, se toma razón para su transcripción al Libro Electrónico de Resoluciones, a los solos efectos de
garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos
correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se
regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. La Diputada Delegada del Área de Igualdad, (Decreto 10/04/2024,
BOP 11/04/2024 n.º 69), Lourdes Linares Matito.

BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS "NUESTRA PROVINCIA, POR LA IGUALDAD" DE LA DIPUTACIÓN
DE BADAJOZ CORRESPONDIENTES AL AÑO 2024
CONVOCATORIA
La convocatoria de la IV Edición de los Premios "Nuestra Provincia, Por la Igualdad", correspondientes al año 2024 tiene
como objeto otorgar a las asociaciones, federaciones, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o entidades con o sin
personalidad jurídica vinculadas a la provincia de Badajoz o a cualesquiera de sus municipios reconocimiento público al
trabajo desarrollado, en la provincia de Badajoz, en favor de los derechos de las mujeres, en la lucha contra la discriminación
por razón de sexo y hayan contribuido a la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
BASES
Primera.- Los premios tienen carácter provincial y destacarán aquellas iniciativas que, en el medio rural y desde la
perspectiva de género, hayan tenido impacto en el ámbito de la educación, ámbito jurídico y social, ámbito económico,
empresarial, deportivo, del arte y la cultura, de la ciencia y la tecnología y de la comunicación.
Segunda.- Podrá concederse un Premio en cada una de las siguientes categorías:
CATEGORÍA I: INSTITUCIONES PÚBLICAS O CENTROS PÚBLICOS.
Se premiará a aquellas instituciones o centros públicos que hayan puesto en marcha o desarrollen proyectos o programas
que de modo trasversal promuevan la igualdad entre hombres y mujeres.
CATEGORÍA II: ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (ASOCIACIONES, FEDERACIONES O COLECTIVOS DE MUJERES
RURALES).
Se reconocerá a aquellas entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, federaciones o colectivos de mujeres rurales) que
lleven a cabo programas y proyectos dirigidos a la consecución de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres así como
aquellas que desarrollen acciones dirigidas a la erradicación de la violencia de género frente a las mujeres así como a sus
hijos e hijas
CATEGORÍA III: EMPRESAS, COOPERATIVAS SOCIALES Y OTRAS ENTIDADES PRIVADAS.
Este premio irá dirigido a aquellas empresas, cooperativas sociales y otras entidades privadas que promuevan en su
funcionamiento políticas de igualdad encaminadas a favorecer la conciliación entre la vida familiar y profesional, paridad en
sus órganos de dirección así como la lucha contra la brecha salarial entre hombres y mujeres.
CATEGORÍA IV: JÓVENES POR LA IGUALDAD.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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