Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04223/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades con fines sanitarios para el año 2024
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Esta subvención no se podrá destinar a la adquisición de bienes inventariables, ni a infraestructuras ni a
gastos de inversión: Adquisición de mobiliario, de equipos informáticos, de equipos audiovisuales,
electrodomésticos o similares. Estos gastos no serán considerados en la valoración de la subvención solicitada
y, por tanto, no serán aceptados en la posterior justificación.
Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma
finalidad, procedente de cualesquiera administración o ente público o privado, siempre que su importe,
aisladamente considerado o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supere
el coste de la actividad subvencionada.
6.- Documentación a presentar.
Las solicitudes de subvención se formalizarán obligatoriamente en el modelo normalizado que figura como anexo I,
debiendo relacionarse en el mismo la actividad o proyecto para el que se solicita la subvención y la cuantía solicitada. Dicha
solicitud deberá suscribirla quien ostente la representación legal de la asociación solicitante. Cada entidad solicitante podrá
presentar una única solicitud de subvención. La mera presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases y el
compromiso de la entidad solicitante de cumplir con las obligaciones y deberes derivados de las mismas.
A la solicitud habrá de acompañarse la siguiente documentación:
Fotocopia compulsada del CIF de la entidad solicitante y del DNI de su representante.
Declaración responsable suscrita por el presidente de la entidad en la que se haga constar que la
misma no se halla incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del
artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, conforme al modelo que figura en el anexo II
de estas bases.
Proyecto para el que se solicita subvención, firmado por la persona responsable del mismo, que
deberá incluir el nombre y apellidos, puesto de trabajo que desarrolla, así como sello de la entidad
solicitante. Se aporta modelo que figura en el anexo III.
Certificado emitido por el/la Secretario/a de la entidad, indicando el número de personas asociadas. Se
facilita un modelo en el anexo IV de estas bases.
Declaración de insuficiencia financiera conforme al modelo disponible en el anexo V.
Declaración de condición de beneficiaria o situación de concurrencia con subvenciones de otras
administraciones, entidades públicas o privadas. Dispone de un modelo en el anexo VI de esta
convocatoria.
Certificaciones administrativas positivas expedidas por los órganos competentes acreditativas de estar
al corriente de obligaciones tributarias estatales, la Seguridad Social y la Hacienda Local. (Puede
autorizar a la petición de este certificado por el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo conforme al
modelo establecido en el anexo VII).
Certificado de tenencia de la sede social según el anexo VIII.
Certificado del Secretario/a de la Junta Directiva de la entidad, que acredite que quien firma la solicitud
es el representante legal de la misma y que tiene capacidad para realizar tal acto conforme al anexo IX.
El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo podrá requerir la aportación de otra documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos para participar, o complementaria de la información facilitada por los
solicitantes para una mejor valoración/ponderación de las peticiones y proyectos.
7.- Forma y plazo de presentación.
La solicitud acompañada de la documentación solicitada complementaria correspondiente, deberá presentarse a través de
la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas
al Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de veinte días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz de Badajoz.
Si las solicitudes no reúnen los requisitos establecidos, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo
improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
8.- Tramitación y valoración de solicitudes.
El procedimiento de concesión será el previsto en el artículo 23 y siguientes de la Ley General de Subvenciones, así como en
los artículos 14 al 18 de la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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