Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04203/2024)
Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de Monitores de Judo y Monitores de Kárate
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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Kárate

Mérito

Puntuación
asignada

En actividades referidas a la actividad deportiva para la
que se aspira en el Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros o en otra administración pública (hasta un
máximo de 4 ptos.)

Por mes completo

0,50 Ptos.

En actividades referidas a la actividad deportiva para la
que se aspira en empresas privadas (hasta un máximo
de 2,5 ptos.)

Por mes completo

0,25 Ptos

La experiencia se acreditará mediante originales o fotocopias de certificados de empresa, vida laboral y de contratos de
trabajo en el que debe figurar el concepto y especialidad, caso de no figurar no será objeto de puntuación.
Abstenerse de presentar documentación que no se va a tener en cuenta por la comisión de valoración.
- La calificación de la fase de concurso (puntos alcanzados en los apartados a) y b)) será de 0 a 10 puntos. La
puntuación de esta fase se adoptará mediante ponderación por valor del 100%, y por tanto se obtendrá la
puntuación definitiva.
Una vez puntuados a los aspirantes se confeccionará la bolsa de trabajo figurando la lista de aspirantes en función de los
puntuación definitiva. En caso de que dos o más aspirantes consigan la misma puntuación, el orden en la bolsa lo
determinará la experiencia en la actividad a la que se aspira en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros y en caso de
seguir con la misma puntuación tendrá preferencia el aspirante que tenga mayor puntuación en la parte de formación
académica; y en si se da el caso de que sigan empate, se hará mediante sorteo.
Teniendo en cuenta que, si en alguna especialidad deportiva se dan de baja más del 50% de los alumnos matriculados, será
causa de rescisión del contrato con el Monitor y podrá contratarse al mismo Monitor en caso de haber estado contratado
menos de seis meses en otra modalidad deportiva.
Al presentar la solicitud para participar en la presente selección implica, que de ser seleccionado, se está de acuerdo en la
obligación de asistir a los eventos que se organicen en fin de semana o festivos, aunque sean fuera de la localidad y
consecuentemente manifiesta su consentimiento en viajar con los alumnos como responsable a las ciudades donde se
celebren los eventos lúdico deportivos, actividades que obligatoriamente deberán estar contemplados en la programación
de la actividad deportiva.
Octava. Calificación.
La calificación final será la obtenida en la fase de concurso.
Novena. Relación de candidatos, presentación de documentos y formalización del contrato.
Concluidas la fase de concurso, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los
contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de candidatos que
contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega
de una copia básica de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los
aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Décima. Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros
llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad,
maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de
trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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