Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04202/2024)
Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de Monitores de Baloncesto y Monitores Deportivos 2024-2025
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 4202/2024
las tasas por participación en procesos de selección del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros aprobada definitivamente
en el pleno del 26 de enero de 2023, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz con fecha 2 de febrero de
2023, ingresando en el número de cuenta que a continuación se establece la cantidad de 15,13 euros como tarifa general y
de 7,00 euros la tarifa reducida para desempleados:
Concepto: Tasa examen bolsa Entrenador Deportivo de Baloncesto/Monitores Deportivos/DNI aspirante.
Número de cuenta: Ibercaja ES 39 2085 4530 970330015461.
La convocatoria del proceso selectivo, así como sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en
la sede electrónica de este Ayuntamiento http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y, en el tablón de anuncios, para
mayor difusión.
Todas las instancias deberán ir acompañadas de fotocopia del DNI, certificado acreditativo de no tener antecedentes de
delitos sexuales, titulación exigida, certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico, propuesta de
proyecto descrito en la base 7, así como de la relación de los méritos que se exijan en la base 7, debidamente acreditados y
baremados mediante el anexo III relleno con su autobaremación según los méritos que alegue o acredite. La no
presentación del anexo III de autobaremación será causa de exclusión; además deberá presentarse el justificante bancario
de pago de la tasa de derechos de examen.
Los documentos originales/fotocopias compulsadas se exigirá sólo al/la aspirante que finalmente consiga la plaza objeto de
esta convocatoria.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, aceptan las presentes bases y se someten al contenido
de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes.
Los errores de hecho en estas bases que pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo concedido para la presentación de solicitudes,
transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Quinto. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 5 días, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios, para mayor difusión, se concederá un plazo de diez
días hábiles para la subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 3 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos
y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios, para mayor difusión. En esta misma publicación se
hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas, así como la designación del Tribunal
Calificador. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión; en
este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección
en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Sexto. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de
los órganos de selección.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección.
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los
últimos dos años.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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las tasas por participación en procesos de selección del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros aprobada definitivamente
en el pleno del 26 de enero de 2023, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz con fecha 2 de febrero de
2023, ingresando en el número de cuenta que a continuación se establece la cantidad de 15,13 euros como tarifa general y
de 7,00 euros la tarifa reducida para desempleados:
Concepto: Tasa examen bolsa Entrenador Deportivo de Baloncesto/Monitores Deportivos/DNI aspirante.
Número de cuenta: Ibercaja ES 39 2085 4530 970330015461.
La convocatoria del proceso selectivo, así como sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en
la sede electrónica de este Ayuntamiento http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y, en el tablón de anuncios, para
mayor difusión.
Todas las instancias deberán ir acompañadas de fotocopia del DNI, certificado acreditativo de no tener antecedentes de
delitos sexuales, titulación exigida, certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico, propuesta de
proyecto descrito en la base 7, así como de la relación de los méritos que se exijan en la base 7, debidamente acreditados y
baremados mediante el anexo III relleno con su autobaremación según los méritos que alegue o acredite. La no
presentación del anexo III de autobaremación será causa de exclusión; además deberá presentarse el justificante bancario
de pago de la tasa de derechos de examen.
Los documentos originales/fotocopias compulsadas se exigirá sólo al/la aspirante que finalmente consiga la plaza objeto de
esta convocatoria.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, aceptan las presentes bases y se someten al contenido
de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes.
Los errores de hecho en estas bases que pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo concedido para la presentación de solicitudes,
transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Quinto. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 5 días, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios, para mayor difusión, se concederá un plazo de diez
días hábiles para la subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 3 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos
y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios, para mayor difusión. En esta misma publicación se
hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas, así como la designación del Tribunal
Calificador. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión; en
este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección
en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Sexto. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de
los órganos de selección.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección.
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los
últimos dos años.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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