Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04202/2024)
Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de Monitores de Baloncesto y Monitores Deportivos 2024-2025
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 4202/2024

b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria correspondiente,
hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:

Cargo
Presidente

Un empleado público del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Vocal

Un empleado público designado por el Ayuntamiento

Vocal

Un empleado público designado por el Ayuntamiento

Vocal

Un empleado público designado por el Ayuntamiento

Secretario

Un funcionario del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los órganos de selección pueden disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de
las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias.
Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Séptimo. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes:
Fase oposición: 60%.
La fase de oposición no tendrá carácter eliminatorio, se realizará con anterioridad a la valoración de los méritos y consistirá
en la elaboración de una memoria-proyecto de trabajo, que deberá acompañarse a la solicitud de participación en el
proceso selectivo, teniendo las siguientes características:
- Tendrá un máximo de 5 páginas, en papel tamaño DIN-A4 sin contar la hoja de bibliografía anexa en la que
figurarán las fuentes bibliográficas utilizadas para el desarrollo del proyecto, tendrá que ser defendida ante el
Tribunal de Selección para su valoración, en caso de no presentarse a la defensa de la memoria se tendrá por
suspensa la fase de oposición.
- La memoria-proyecto versará sobre la organización, desarrollo, potenciación y forma de gestión con los
alumnos para animarles a la participación en la actividad lúdica deportiva y al trabajo en grupo, todo ello
referido a una de las actividades seleccionadas por el aspirante. Estos proyectos deberán incluir al menos los
siguientes ítems:
- Objetivo del proyecto.
- Destinatarios del proyecto.
- Características generales del proyecto.
- Propuestas de actividades en el municipio.
- Propuesta para la mejora de calidad.
- Recursos que se cuentan para la ejecución del proyecto.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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