Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ruecas. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04213/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Formación Ruecas IV"
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Ayuntamiento de Ruecas

Anuncio 4213/2024

normas y hábitos de trabajo individual y colectivo.
- Consolidar y hacer grupo entre el colectivo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas
previas.
- Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socioculturales y económicos de los diferentes participantes, trabajando diferentes aspectos como la autoestima,
la asertividad, la comunicación, la motivación, la solución de problemas, el proceso de búsqueda de empleo...
- Desarrollar la capacidad creativa y emprendedora del alumnado-trabajador a través del planteamiento y
ejecución de un proyecto emprendedor en su entorno.
Los programas colaborativos rurales consisten en el desarrollo de proyectos de formación en alternancia con el empleo,
basados en un espíritu dinámico, colaborativo y solidario de las personas participantes, que combinan el aprendizaje y la
cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad pública o interés social, junto a la adquisición de competencias
básicas y genéricas, al mismo tiempo que se fomenta la capacidad creativa y emprendedora.
La duración de la formación teórico-práctica deberá ser como mínimo del 25% del total de la duración del proyecto.
La realización efectiva de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación en el empleo y en particular la
igualdad de trato entre mujeres y hombres informarán activamente la ejecución del presente programa, así como la
innovación y la iniciativa emprendedora.El número de participantes de este proyecto, especialidad formativa "operaciones
auxiliares de acabados rígidos y urbanización", será de 10 personas desempleadas inscritas en el Centro de Empleo del
Servicio Extremeño Público de Empleo.
El proyecto tendrá una duración de 6 meses, que abarcará desde el 1 de junio al 30 de noviembre de 2024 y los alumnos/as
estarán contratados con un contrato para la formación.
Requisitos de los aspirantes.
1. Podrán participar en estas acciones las personas desempleadas en situación o en riesgo de exclusión social,
según se define en el apartado siguiente de este artículo, mayores de 18 años e inscritas en los centros de
empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener la titulación y los requisitos específicos establecidos en perfil de acceso de programa
formativo del proyecto aprobado.
b) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las
funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra
índole para la realización de las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de
acuerdo con la normativa de aplicación.
A dichos efectos, y sin perjuicio de otros supuestos, se entenderá que el aspirante no ostenta el
presente requisito, si al tiempo de realizar la contratación laboral correspondiente, y así
procediera legalmente, los servicios de prevención de riesgos laborales de la entidad
promotora emitieran informe desfavorable al respecto sobre la imposibilidad de adecuar la
debida protección de la salud o integridad física de los trabajadores y el desempeño de las
tareas propias del puesto de trabajo a desempeñar, derivada de la situación psicofísica del
aspirante previa al contrato.
c) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato
de formación y aprendizaje.
d) Carecer de la formación que se adquirirá en el desarrollo del proyecto.
e) Si las actividades a efectuar por el alumnado trabajador implican trabajar con menores,
acreditación a través del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de
la carencia de delitos de naturaleza sexual, según la Ley Orgánica 1/1996, lunes, 24 de
septiembre de 201836017 número 186 de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor,
modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la
infancia y a la adolescencia.
Las personas seleccionadas deberán mantener estos requisitos a la fecha de contratación por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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