Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (04182/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Administrativo/a, personal funcionario/a de carrera
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Ayuntamiento de Aceuchal

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No es posible turno de reserva por el número de plazas que se convocan.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr.
Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://aceuchal.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Derechos de examen: De conformidad con lo establecido en la vigente "Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de
documentos administrativos" de este Ayuntamiento, publicada en BOP de fecha 1 de junio de 2012, será de 2,00 euros y se
ingresarán en la siguiente cuenta: ES18 2085 4536 6103 3000 9349, de Ibercaja.
Debiéndose acompañar con el anexo I de solicitud:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia de título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la convocatoria, o en su defecto,
justificante del pago de las tasas para su expedición.
Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro del plazo legal concedido para
ello.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 15 días, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://aceuchal.sedelectronica.es], se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos
y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://aceuchal.sedelectronica.es]. En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que
habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El
llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://aceuchal.sedelectronica.es]. Los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el
órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://aceuchal.sedelectronica.es], con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo
ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo]. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del Tribunal.
Sexta. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de
los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
La composición del Tribunal calificador es la siguiente:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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