Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (04182/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Administrativo/a, personal funcionario/a de carrera
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Ayuntamiento de Aceuchal

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Cargo
Presidente

Identidad
Habilitado del Área de Cooperación de la Diputación

Suplente
Vocal

Representante Área Recursos Humanos de la Diputación

Suplente
Vocal

Funcionario del Ayuntamiento de Aceuchal

Suplente
Vocal

Funcionario de la Junta de Extremadura

Suplente
Secretario

El de la Corporación o el que legalmente le sustituya

Suplente
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas pruebas
que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del
trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan
en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos
sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará bajo su dirección, cuando la
complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y para adoptar las resoluciones, criterios o
medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo, en aquellos aspectos no previstos en estas bases.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
- Oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitudes eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
La realización de las pruebas será obligatoria y eliminatoria, calificándose hasta un máximo de 10 puntos cada una, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. La puntuación de las que no sean
tipo test, se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del
Tribunal.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio: Tipo test.
El primer ejercicio tendrá una duración máxima de 90 minutos y se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar
obtener una calificación de 5 puntos. Consistirá en contestar 80 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, de
las que solo una será correcta, sobre las materias del anexo II.
El cuestionario que se proponga contendrá 10 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden
correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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