Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Feria. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04169/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento del servicio de ayuda a domicilio
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Ayuntamiento de Feria

Anuncio 4169/2024

estos datos serán recogidos de oficio por el Trabajador Social a través del acceso de ésta a la aplicación
informática (Sistema de información de dependencia de Extremadura).
- Documento en el que figure el número de cuenta en el que la persona desee que se apliquen los cargos que
provengan del SAD.
- Otros, que se consideren necesarios para valoración del expediente.
La presentación de estos documentos tendrá carácter obligatorio; la falta y/o falsedad de alguno de ellos supondrá la
exclusión de la solicitud.
El SAD será gestionado a través de los medios propios del Ayuntamiento de Feria y financiado mediante la modalidad de
copago entre el Ayuntamiento y los usuarios.
Noveno. Horarios de atención.
El servicio de ayuda a domicilio es un servicio diurno, con flexibilidad de horarios, de acuerdo con las necesidades del
usuario, que se prestará todos los días del año, a excepción de los sábados, domingos y festivos, y días no laborables que
determine el calendario laboral del Ayuntamiento de Feria para su personal.
Los horarios de atención establecidos, tanto los días como las horas, no tendrán carácter definitivo, encontrándose sujetos a
modificaciones en función de las necesidades del servicio, las cuales serán notificadas al beneficiario y al resto de las
personas implicadas en la prestación del mismo. La atención se realizará dentro del horario de 9:00 a 14:00 horas y/o aquel
estipulado por el Ayuntamiento de Feria.
Décimo. Intensidad.
La intensidad del servicio de ayuda a domicilio es el número de horas de atención mensual destinadas al mismo.
El tiempo de atención máximo por beneficiario, de forma general, no excederá de cinco horas semanales (una hora al día),
estableciéndose el servicio entre dos o más días a la semana; el tiempo de atención máximo no podrá exceder de 20 horas
al mes.
En las atenciones exclusivamente de carácter doméstico, el tiempo máximo de prestación no excederá las 2 horas
semanales.
Undécimo. Procedimiento.
El procedimiento se iniciará, por regla general, a instancias de la persona interesada, mediante la presentación de la
oportuna solicitud en los SSASB, según el modelo que se establezca en cada caso. Le será facilitado en las instalaciones
donde se ubica el Trabajador Social, debiendo de acompañar ésta de la documentación referida en el apartado sexto. La
solicitud irá firmada por la persona interesada o su representante legal y en la misma se indicará el tipo de servicio o
servicios que se solicitan.
El procedimiento se iniciará, de forma excepcional, de oficio, a solicitud del Trabajador Social correspondiente, cuando las
necesidades y/o circunstancias del caso, así lo hagan conveniente.
En caso de no presentarse la documentación referida en el artículo o de ser defectuosa la presentada, se requerirá a la
persona interesada para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a su notificación, presente la
documentación o subsane la falta correspondiente, advirtiéndole que de no hacerlo así en el plazo mencionado se le tendrá
por desistida de su solicitud, mediante resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando el servicio lo soliciten dos o más personas de la misma unidad familiar de convivencia, se procederá a la
acumulación de expedientes. En caso de extinguirse la prestación para cualquiera de ellas, esta podrá continuar para las
restantes personas beneficiarias en tanto sigan reuniendo las condiciones y requisitos que motivaron su concesión
aplicando para ello, de nuevo, el baremo establecido, esta vez, considerando la situación con sus nuevas características.
El Trabajador Social del SSASB aplicará el baremo establecido en el procedimiento para el SAD de la Mancomunidad Río
Bodión, previa visita al domicilio de la persona interesada, donde se recabará toda la información y datos necesarios a
través de una entrevista personal y la documentación que se considere oportuna. Se deberá concluir sobre la procedencia o
improcedencia de la prestación del servicio. En el primer caso, la propuesta técnica incluirá los objetivos, intensidad en
horas, las tareas específicas en las que consistirá el servicio.
El SSASB facilitará a todas aquellas personas que carezcan de familiares cercanos los trámites necesarios para la obtención
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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