Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconera. (04134/2024)
Bases para la provisión en sustitución de una plaza de Maestro/a Educación Infantil, por concurso-oposición con destino a la Escuela Municipal de educación infantil de Alconera
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Ayuntamiento de Alconera

Anuncio 4134/2024

Sexta.- Sistema de selección.
El proceso selectivo se ajustará a los dispuesto en los artículos 61 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de Extremadura, y se realizará a través del sistema de
concurso-oposición.
Séptima.- Desarrollo, puntuación del concurso de méritos y reclamaciones.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
A.- La fase de oposición constará de un único ejercicio eliminatorio:
Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 60 minutos, un cuestionario tipo test de 20
preguntas más 4 adicionales como reserva, con 3 opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas
correcta, relacionadas con el temario recogido en la convocatoria.
El cuestionario que se proponga contendrá cuatro preguntas adicionales como reservas, las cuales
sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que, en su caso, pudieran
ser objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Esta fase de oposición se valorará con un máximo de 10 puntos, debiendo obtener al menos una puntuación
de cinco puntos para superarlo.
Las preguntas incorrectas o no contestadas no tendrán valoración alguna.
El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
La fase de oposición será previa a la del concurso.
Los/as aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.
Los/as candidatos/as deberán acudir provistos/as del DNI, o en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los/as aspirantes que
hayan sido considerados/as aptos/as en la fase de oposición.
B.- La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de
oposición y solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado esta.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
a.- Méritos profesionales que supondrán un máximo de 8 puntos:
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/a, contratación temporal o indefinido/a no
fijo/a, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el
siguiente baremo:
1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier administración
pública en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de
titulación que el de la plaza convocada, se otorgarán 0,20 puntos por mes
completo.
2. Por cada mes completo de servicios prestados en el ámbito privado en plazas
de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de la
plaza convocada, se otorgarán 0,10 puntos por mes completo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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