Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconera. (04134/2024)
Bases para la provisión en sustitución de una plaza de Maestro/a Educación Infantil, por concurso-oposición con destino a la Escuela Municipal de educación infantil de Alconera
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Alconera
Anuncio 4134/2024
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad
Social acompañado de contratos de trabajo o certificados o informes de la administración
contratante que identifiquen la categoría profesional y funciones de la plaza ocupada.
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente.
b.- Méritos académicos u otros méritos, que supondrán como máximo 2 puntos:
Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo
de presentación de instancias. No serán valorados los alegados con posterioridad a la
finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos aportados no justifiquen
plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se
tendrán en cuenta y no serán valorados ni puntuados. Las certificaciones de realización de
cursos solo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos.
Se entenderá que un crédito equivale a 10 horas.
Se valorarán los siguientes méritos:
1.- Por estar en posesión de Licenciatura, Grado o Master en Pedagogía, Psicología o
Psicopedagogía o equivalentes: 1 punto. La titulación académica se acreditará mediante
entrega de copia auténtica del título académico oficial correspondiente.
2.- Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier administración
pública u otras entidades públicas o privadas, que estén directamente relacionadas con el
puesto de trabajo, por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos hasta un máximo
de 1 punto.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica de
la titulación correspondiente, debiendo constar expresamente la materia impartida y el número de horas de
duración, de no venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Los/as aspirantes deberán presentar junto con la instancia los documentos acreditativos de los méritos que
alegan para la fase de concurso. Asimismo, deberán presentar el anexo de autobaremación (anexo II).
Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, la relación de aspirantes con la
puntuación obtenida en la fase de concurso y de oposición, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de
3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la de las calificaciones
obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso. En caso de
empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición; si aún
persistiese, se acudirá para dirimirlo a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.1 de la base séptima; si
aún persiste el empate a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.2 de la base séptima; de persistir el
empate a la mayor puntuación obtenida en el apartado B.1 de la base séptima; de persistir el empate a la
mayor puntuación obtenida en el apartado B.2 de la base séptima, y si aún persistiera el empate, se resolverá
por sorteo.
Octava.- Relación de aprobados/as, presentación de documentación y formalización del contrato.
Resuelto el plazo de alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará
pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos
propuestos para su contratación, que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y
ocupar la plaza, en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso
selectivo.
Las personas seleccionadas deberán presentar en el Ayuntamiento de Alconera, dentro del plazo de 20 días hábiles a contar
desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad
Social acompañado de contratos de trabajo o certificados o informes de la administración
contratante que identifiquen la categoría profesional y funciones de la plaza ocupada.
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente.
b.- Méritos académicos u otros méritos, que supondrán como máximo 2 puntos:
Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo
de presentación de instancias. No serán valorados los alegados con posterioridad a la
finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos aportados no justifiquen
plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se
tendrán en cuenta y no serán valorados ni puntuados. Las certificaciones de realización de
cursos solo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos.
Se entenderá que un crédito equivale a 10 horas.
Se valorarán los siguientes méritos:
1.- Por estar en posesión de Licenciatura, Grado o Master en Pedagogía, Psicología o
Psicopedagogía o equivalentes: 1 punto. La titulación académica se acreditará mediante
entrega de copia auténtica del título académico oficial correspondiente.
2.- Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier administración
pública u otras entidades públicas o privadas, que estén directamente relacionadas con el
puesto de trabajo, por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos hasta un máximo
de 1 punto.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica de
la titulación correspondiente, debiendo constar expresamente la materia impartida y el número de horas de
duración, de no venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Los/as aspirantes deberán presentar junto con la instancia los documentos acreditativos de los méritos que
alegan para la fase de concurso. Asimismo, deberán presentar el anexo de autobaremación (anexo II).
Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, la relación de aspirantes con la
puntuación obtenida en la fase de concurso y de oposición, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de
3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la de las calificaciones
obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso. En caso de
empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición; si aún
persistiese, se acudirá para dirimirlo a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.1 de la base séptima; si
aún persiste el empate a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.2 de la base séptima; de persistir el
empate a la mayor puntuación obtenida en el apartado B.1 de la base séptima; de persistir el empate a la
mayor puntuación obtenida en el apartado B.2 de la base séptima, y si aún persistiera el empate, se resolverá
por sorteo.
Octava.- Relación de aprobados/as, presentación de documentación y formalización del contrato.
Resuelto el plazo de alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará
pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos
propuestos para su contratación, que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y
ocupar la plaza, en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso
selectivo.
Las personas seleccionadas deberán presentar en el Ayuntamiento de Alconera, dentro del plazo de 20 días hábiles a contar
desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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