Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04094/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Campanario Avanza"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Campanario
Anuncio 4094/2024
4. A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que le son propios.
5. A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y disposiciones legales vigentes.
6. A la intimidad y no divulgación de los datos personales que figuren en sus expedientes laborales y
formativos.
Además, el equipo técnico del proyecto tiene derecho a:
1. Dirigir e impartir las clases de acuerdo con su criterio, teniendo en cuenta las directrices del proyecto.
2. Ser informado de cualquier problema o situación que le afecte a el/ella o a sus clases.
3. Reunirse en el centro para tratar temas de carácter profesional y laboral, siempre que no se perturbe el
desarrollo normal de las actividades.
4. Formación para el puesto de trabajo.
Además, el alumnado/trabajador del proyecto tiene derecho a:
1. Recibir formación teórico-práctica de calidad.
2. A recibir formación ocupacional específica.
3. A participar en el proyecto mediante los cauces que para tal fin se dispongan.
4. A una evaluación de su rendimiento con plena objetividad.
5. A recibir durante todo el proceso formativo información y orientación sobre su rendimiento.
6. A conocer los objetivos del proyecto, que va a aprender y que va a obtener una vez finalizado el mismo.
Artículo 2: Deberes.
Todos los trabajadores del proyecto tendrán los siguientes deberes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa legal
vigente:
1. Respetar la dignidad personal y el trabajo que realizan cuantas personas forman parte del proyecto, así
como mantener una actitud cívica en cuanto a su comportamiento personal.
2. Cumplir con las obligaciones derivadas de su puesto de trabajo con diligencia y buena fe, y realizar de
forma responsable las tareas que se deriven del mismo.
3. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
4. Cumplir con las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
5. Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones legales vigentes.
Además, los beneficiarios del Colaborativo Rural "Ateneo" Campanario Avanza quedan obligados a:
1. Respetar las normas internas del programa y cumplir con las directrices del monitor, coordinadora técnica.
2. Seguir con aprovechamiento y diligencia las enseñanzas. Por aprovechamiento se entiende la adecuada
actitud en relación con el aprendizaje, en orden a la consecución de los objetivos que se les marquen.
3. Al mantenimiento de actitudes y comportamientos respetuosos con sus compañeros, personal de la
entidad promotora, así como con los empleados públicos encargados del seguimiento de las actividades
formativas.
4. Participar de manera activa tanto en los aspectos teóricos como de trabajo efectivo, así como en la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4. A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que le son propios.
5. A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y disposiciones legales vigentes.
6. A la intimidad y no divulgación de los datos personales que figuren en sus expedientes laborales y
formativos.
Además, el equipo técnico del proyecto tiene derecho a:
1. Dirigir e impartir las clases de acuerdo con su criterio, teniendo en cuenta las directrices del proyecto.
2. Ser informado de cualquier problema o situación que le afecte a el/ella o a sus clases.
3. Reunirse en el centro para tratar temas de carácter profesional y laboral, siempre que no se perturbe el
desarrollo normal de las actividades.
4. Formación para el puesto de trabajo.
Además, el alumnado/trabajador del proyecto tiene derecho a:
1. Recibir formación teórico-práctica de calidad.
2. A recibir formación ocupacional específica.
3. A participar en el proyecto mediante los cauces que para tal fin se dispongan.
4. A una evaluación de su rendimiento con plena objetividad.
5. A recibir durante todo el proceso formativo información y orientación sobre su rendimiento.
6. A conocer los objetivos del proyecto, que va a aprender y que va a obtener una vez finalizado el mismo.
Artículo 2: Deberes.
Todos los trabajadores del proyecto tendrán los siguientes deberes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa legal
vigente:
1. Respetar la dignidad personal y el trabajo que realizan cuantas personas forman parte del proyecto, así
como mantener una actitud cívica en cuanto a su comportamiento personal.
2. Cumplir con las obligaciones derivadas de su puesto de trabajo con diligencia y buena fe, y realizar de
forma responsable las tareas que se deriven del mismo.
3. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
4. Cumplir con las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
5. Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones legales vigentes.
Además, los beneficiarios del Colaborativo Rural "Ateneo" Campanario Avanza quedan obligados a:
1. Respetar las normas internas del programa y cumplir con las directrices del monitor, coordinadora técnica.
2. Seguir con aprovechamiento y diligencia las enseñanzas. Por aprovechamiento se entiende la adecuada
actitud en relación con el aprendizaje, en orden a la consecución de los objetivos que se les marquen.
3. Al mantenimiento de actitudes y comportamientos respetuosos con sus compañeros, personal de la
entidad promotora, así como con los empleados públicos encargados del seguimiento de las actividades
formativas.
4. Participar de manera activa tanto en los aspectos teóricos como de trabajo efectivo, así como en la
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