Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (04051/2024)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para acciones que fomenten la igualdad de oportunidades y faciliten la participación social
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Área de Igualdad
Anuncio 4051/2024
Cine-Forums.
Clubs de lectura.
Actuaciones teatrales, musicales o escénicas en general.
Estas actividades deben tener necesariamente como fin lograr alguno de los siguientes objetivos:
Favorecer y facilitar el intercambio de información y de experiencias, así como las redes entre asociaciones de
mujeres de la provincia de Badajoz.
Visibilizar la participación histórica y actual de las mujeres en la sociedad: Ámbitos socio-político, económico, cultural,
artístico, empresarial, deportivo, etc.., poniendo en valor su trabajo, trayectoria y aportaciones al desarrollo de
nuestros municipios.
Divulgar el pensamiento y trayectoria del movimiento feminista y asociativo de mujeres en la provincia de Badajoz.
Propiciar la creación de consejos locales y consejos comarcales de las mujeres en la provincia de Badajoz, como
espacios estratégicos para la canalización de las demandas de las asociaciones de mujeres y como forma de
propiciar su participación en el desarrollo político, social, económico y cultural de nuestros municipios.
Formar en competencias digitales y tecnológicas para contribuir al acceso de las mujeres rurales a las tecnologías de
la información y comunicación y reducir, de esta forma, la brecha digital de género.
Informar y sensibilizar a la ciudadanía acerca de los roles y estereotipos de género que perpetúan la desigualdad
entre mujeres y hombres en nuestra sociedad.
Informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre la desigualdad y discriminación que sufren las mujeres en todos los
ámbitos de la sociedad, así como el desarrollo de acciones para la sensibilización, prevención y erradicación de la
violencia machista en todas sus manifestaciones.
Promover la adquisición de habilidades y competencias de la población de todas las edades para detectar actitudes y
conductas que impliquen violencia contra las mujeres.
Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la participación y presencia de las mujeres en la
vida social, económica, cultural y laboral, con el objetivo final de alcanzar la igualdad real en los municipios de la
provincia de Badajoz.
Luchar contra la discriminación múltiple que sufren las mujeres, atendiendo a la interseccionalidad de esas
discriminaciones (mujeres con discapacidad, mujeres rurales, mujeres migrantes, racializadas...), que suponen un
obstáculo para su desarrollo como personas en todos los ámbitos de la sociedad (cultura, deporte, empleo, salud…).
Promover relaciones afectivas sanas, basadas en la igualdad y en el buen trato, así como, fomentar la educación
afectivo-sexual, desde la perspectiva de género, especialmente en la infancia y adolescencia.
Respecto a las actuaciones objeto de subvención, en ningún caso se subvencionarán eventos sociales, lúdicos, culturales,
deportivos que no tengan relación directa con los objetivos del proyecto, tales como comidas o aperitivos, excursiones
culturales, ni aquellas que consistan exclusivamente en encuentros para la realización de desayunos, comidas o aperitivos.
Por tratarse de transferencias corrientes, en ningún caso se financiarán actividades destinadas a inversiones de
infraestructuras y/o compra de vehículos o cualquier otra adquisición de material inventariable, debido al carácter
específicamente social y fines de interés público que persiguen estas ayudas.
La Diputación de Badajoz podrá requerir en cualquier momento datos relativos a la contratación de profesionales por parte
de las entidades cuyo ejercicio profesional preste servicios específicos a estas entidades siempre que la labor desempeñada
esté directamente relacionada con la ejecución de la propuesta de actividades objeto de esta convocatoria.
Base 2. Dotación presupuestaria y límites.
Estas subvenciones se concederán, por tanto, con cargo a la aplicación presupuestaria 230/23116/48001/0500 "A familias e
instituciones sin fines de lucro", con una dotación para esos fines de 60.000,00 euros en los presupuestos generales de esta
Corporación para 2024.
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de 3.000,00 euros.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el órgano competente se
reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así lo aconsejaran, motivando la
resolución.
Asimismo el importe de las subvenciones reguladas en las presentes bases en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por otras administraciones públicas, o de otros entes
públicos o privados, u otros ingresos o recursos que financien la actividad/proyecto, supere los gastos previstos para la
realización del proyecto/actividad subvencionables.
Base 3. Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.
Las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres que deseen percibir las ayudas convocadas en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Actuaciones teatrales, musicales o escénicas en general.
Estas actividades deben tener necesariamente como fin lograr alguno de los siguientes objetivos:
Favorecer y facilitar el intercambio de información y de experiencias, así como las redes entre asociaciones de
mujeres de la provincia de Badajoz.
Visibilizar la participación histórica y actual de las mujeres en la sociedad: Ámbitos socio-político, económico, cultural,
artístico, empresarial, deportivo, etc.., poniendo en valor su trabajo, trayectoria y aportaciones al desarrollo de
nuestros municipios.
Divulgar el pensamiento y trayectoria del movimiento feminista y asociativo de mujeres en la provincia de Badajoz.
Propiciar la creación de consejos locales y consejos comarcales de las mujeres en la provincia de Badajoz, como
espacios estratégicos para la canalización de las demandas de las asociaciones de mujeres y como forma de
propiciar su participación en el desarrollo político, social, económico y cultural de nuestros municipios.
Formar en competencias digitales y tecnológicas para contribuir al acceso de las mujeres rurales a las tecnologías de
la información y comunicación y reducir, de esta forma, la brecha digital de género.
Informar y sensibilizar a la ciudadanía acerca de los roles y estereotipos de género que perpetúan la desigualdad
entre mujeres y hombres en nuestra sociedad.
Informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre la desigualdad y discriminación que sufren las mujeres en todos los
ámbitos de la sociedad, así como el desarrollo de acciones para la sensibilización, prevención y erradicación de la
violencia machista en todas sus manifestaciones.
Promover la adquisición de habilidades y competencias de la población de todas las edades para detectar actitudes y
conductas que impliquen violencia contra las mujeres.
Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la participación y presencia de las mujeres en la
vida social, económica, cultural y laboral, con el objetivo final de alcanzar la igualdad real en los municipios de la
provincia de Badajoz.
Luchar contra la discriminación múltiple que sufren las mujeres, atendiendo a la interseccionalidad de esas
discriminaciones (mujeres con discapacidad, mujeres rurales, mujeres migrantes, racializadas...), que suponen un
obstáculo para su desarrollo como personas en todos los ámbitos de la sociedad (cultura, deporte, empleo, salud…).
Promover relaciones afectivas sanas, basadas en la igualdad y en el buen trato, así como, fomentar la educación
afectivo-sexual, desde la perspectiva de género, especialmente en la infancia y adolescencia.
Respecto a las actuaciones objeto de subvención, en ningún caso se subvencionarán eventos sociales, lúdicos, culturales,
deportivos que no tengan relación directa con los objetivos del proyecto, tales como comidas o aperitivos, excursiones
culturales, ni aquellas que consistan exclusivamente en encuentros para la realización de desayunos, comidas o aperitivos.
Por tratarse de transferencias corrientes, en ningún caso se financiarán actividades destinadas a inversiones de
infraestructuras y/o compra de vehículos o cualquier otra adquisición de material inventariable, debido al carácter
específicamente social y fines de interés público que persiguen estas ayudas.
La Diputación de Badajoz podrá requerir en cualquier momento datos relativos a la contratación de profesionales por parte
de las entidades cuyo ejercicio profesional preste servicios específicos a estas entidades siempre que la labor desempeñada
esté directamente relacionada con la ejecución de la propuesta de actividades objeto de esta convocatoria.
Base 2. Dotación presupuestaria y límites.
Estas subvenciones se concederán, por tanto, con cargo a la aplicación presupuestaria 230/23116/48001/0500 "A familias e
instituciones sin fines de lucro", con una dotación para esos fines de 60.000,00 euros en los presupuestos generales de esta
Corporación para 2024.
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de 3.000,00 euros.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el órgano competente se
reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así lo aconsejaran, motivando la
resolución.
Asimismo el importe de las subvenciones reguladas en las presentes bases en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por otras administraciones públicas, o de otros entes
públicos o privados, u otros ingresos o recursos que financien la actividad/proyecto, supere los gastos previstos para la
realización del proyecto/actividad subvencionables.
Base 3. Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.
Las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres que deseen percibir las ayudas convocadas en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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