Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (04051/2024)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para acciones que fomenten la igualdad de oportunidades y faciliten la participación social
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Área de Igualdad
Anuncio 4051/2024
8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Lo dispone así, el Presidente de la Institución, con fecha de firma electrónica.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD. La Diputada delegada del Área de Igualdad (decreto 10/04/2024, BOP
número 69, suplemento número 1 de 11/04/2024), Lourdes Linares Matito.
BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES DE MUJERES Y FEDERACIONES DE
ASOCIACIONES DE MUJERES, SIN ÁNIMO DE LUCRO Y CON SEDE SOCIAL EN LOCALIDADES DE MENOS DE 20.000
HABITANTES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES QUE FOMENTEN LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y FACILITEN LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS MUJERES RURALES, DURANTE
EL EJERCICIO 2024
La Diputación Provincial de Badajoz se dota anualmente de un plan estratégico de subvenciones como instrumento para
complementar, suplir y alcanzar una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines de interés público que tiene
encomendados dentro del marco de competencias conferido a las diputaciones provinciales.
Así este plan estratégico de subvenciones, se concibe con la finalidad de realizar una auténtica planificación estratégica de
las políticas públicas de contenido subvencional, permitiendo contar de esa forma con una auténtica herramienta para
conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos y una mayor eficiencia en la asignación del
gasto público.
El artículo 71.1 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la violencia de género en
Extremadura establece que los poderes públicos de Extremadura integrarán la perspectiva de género en las actuaciones de
desarrollo rural, garantizando que estas intervenciones contemplen las necesidades de las mujeres, permitan su plena
participación con equidad en los procesos de desarrollo rural y contribuyan a una igualdad de oportunidades real entre
mujeres y hombres.
En esta línea, la Diputación de Badajoz pone en marcha una nueva convocatoria de subvenciones con el objetivo de apoyar
al tejido asociativo de mujeres de la provincia de Badajoz en el desarrollo de sus fines y en su importante labor de
sensibilización en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la provincia.
El asociacionismo, como forma de participación social, es una herramienta fundamental para el progreso y el avance en el
ejercicio de los derechos de las mujeres en la provincia de Badajoz. Es compromiso de la Diputación de Badajoz acometer y
fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como el apoyo al movimiento asociativo y, para dar
cumplimiento a estos compromisos, se realiza esta convocatoria de subvenciones. Esta acción de fomento se enmarca
dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local atribuye a las diputaciones y, en concreto, a lo que dispone el apartado d) en relación a "la cooperación en el fomento
del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las
demás administraciones públicas en este ámbito".
Base 1. Objeto y líneas de actuación.
1.- A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza general
de subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, de asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede social en
localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de acciones que fomenten la
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la participación social de las mujeres rurales.
Dichas entidades deberán estar inscritas, de acuerdo con sus estatutos, en el correspondiente Registro de Asociaciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2.- Las actuaciones objeto de subvención se circunscriben, en esta convocatoria a:
Cursos y acciones formativas.
Actividades culturales o deportivas que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Talleres.
Encuentros y jornadas.
Conferencias y charlas.
Exposiciones.
Edición de materiales: Carteles, dípticos, trípticos, manuales, folletos, revistas; así como material digital (Web, etc.).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Lo dispone así, el Presidente de la Institución, con fecha de firma electrónica.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD. La Diputada delegada del Área de Igualdad (decreto 10/04/2024, BOP
número 69, suplemento número 1 de 11/04/2024), Lourdes Linares Matito.
BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES DE MUJERES Y FEDERACIONES DE
ASOCIACIONES DE MUJERES, SIN ÁNIMO DE LUCRO Y CON SEDE SOCIAL EN LOCALIDADES DE MENOS DE 20.000
HABITANTES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES QUE FOMENTEN LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y FACILITEN LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS MUJERES RURALES, DURANTE
EL EJERCICIO 2024
La Diputación Provincial de Badajoz se dota anualmente de un plan estratégico de subvenciones como instrumento para
complementar, suplir y alcanzar una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines de interés público que tiene
encomendados dentro del marco de competencias conferido a las diputaciones provinciales.
Así este plan estratégico de subvenciones, se concibe con la finalidad de realizar una auténtica planificación estratégica de
las políticas públicas de contenido subvencional, permitiendo contar de esa forma con una auténtica herramienta para
conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos y una mayor eficiencia en la asignación del
gasto público.
El artículo 71.1 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la violencia de género en
Extremadura establece que los poderes públicos de Extremadura integrarán la perspectiva de género en las actuaciones de
desarrollo rural, garantizando que estas intervenciones contemplen las necesidades de las mujeres, permitan su plena
participación con equidad en los procesos de desarrollo rural y contribuyan a una igualdad de oportunidades real entre
mujeres y hombres.
En esta línea, la Diputación de Badajoz pone en marcha una nueva convocatoria de subvenciones con el objetivo de apoyar
al tejido asociativo de mujeres de la provincia de Badajoz en el desarrollo de sus fines y en su importante labor de
sensibilización en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la provincia.
El asociacionismo, como forma de participación social, es una herramienta fundamental para el progreso y el avance en el
ejercicio de los derechos de las mujeres en la provincia de Badajoz. Es compromiso de la Diputación de Badajoz acometer y
fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como el apoyo al movimiento asociativo y, para dar
cumplimiento a estos compromisos, se realiza esta convocatoria de subvenciones. Esta acción de fomento se enmarca
dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local atribuye a las diputaciones y, en concreto, a lo que dispone el apartado d) en relación a "la cooperación en el fomento
del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las
demás administraciones públicas en este ámbito".
Base 1. Objeto y líneas de actuación.
1.- A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza general
de subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, de asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede social en
localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de acciones que fomenten la
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la participación social de las mujeres rurales.
Dichas entidades deberán estar inscritas, de acuerdo con sus estatutos, en el correspondiente Registro de Asociaciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2.- Las actuaciones objeto de subvención se circunscriben, en esta convocatoria a:
Cursos y acciones formativas.
Actividades culturales o deportivas que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Talleres.
Encuentros y jornadas.
Conferencias y charlas.
Exposiciones.
Edición de materiales: Carteles, dípticos, trípticos, manuales, folletos, revistas; así como material digital (Web, etc.).
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