Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (04051/2024)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para acciones que fomenten la igualdad de oportunidades y faciliten la participación social
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Área de Igualdad

Anuncio 4051/2024

De 3 a 5 actividades. 2 puntos.
De 6 a 10 actividades. 3 puntos.
Más de 10 actividades. 5 puntos.
c) 2. Ámbito territorial de ejecución del proyecto. Se valorará la intervención del proyecto en un
conjunto de localidades. Hasta 5 puntos.
Entre 1 y 3 localidades: 1 punto.
Entre 4 y 7 localidades: 2 puntos.
En más de 7 localidades: 3 puntos.
Adicionalmente, se valorará que las entidades desarrollen sus actividades en al menos un
municipio de la provincia de Badajoz de menos 2.000 habitantes: 2 puntos.
d) Duración del proyecto, impacto y difusión en el territorio. 15 puntos.
d) 1. Duración del proyecto. Para determinar el número de meses durante los cuáles se
desarrolla el proyecto, no se tendrán en cuenta las actividades de preparación, coordinación y
evaluación. Hasta 5 puntos.
Las actuaciones del proyecto se desarrollarán durante menos de un mes. 1 punto.
Las actuaciones del proyecto se desarrollarán entre 1 y 2 meses. 2 puntos.
Las actuaciones del proyecto se desarrollarán en un periodo superior a 2 meses y hasta
3 meses. 3 puntos.
Las actuaciones del proyecto se desarrollarán durante más de 3 meses. 5 puntos.
d) 2. Grado de impacto. Hasta 5 puntos.
El proyecto recoge como destinatarias finales directas a menos de 25 personas. 1 punto.
El proyecto recoge como destinatarias finales directas de 25 personas y hasta 74
personas. 3 puntos.
El proyecto recoge como destinatarias finales directas a 75 o más personas. 5 puntos.
d) 3. Difusión en el territorio provincial. Hasta 5 puntos.
La propuesta contempla la difusión del proyecto entre la población. 1 punto.
Se detallan acciones concretas de difusión, así como los medios a utilizar para llevarla a
cabo. 4 puntos.
Sólo se subvencionarán aquellas propuestas que hayan obtenido, en cada uno de los
apartados siguientes, al menos la puntuación mínima que se detalla:
Entidad solicitante: 15 puntos sobre un máximo de 30 puntos.
Proyecto/propuesta de actividades: 35 puntos sobre un máximo de 70 puntos.
La puntuación mínima total para que una propuesta sea financiada será de 50 puntos
(debiendo alcanzar los mínimos anteriormente descritos por cada uno de los apartados).
La puntuación máxima total será de 100 puntos.

Base 7. Reparto y liquidación de importes subvencionados.
El reparto del crédito habilitado en esta convocatoria se realizará de acuerdo con el orden de puntuación de los resultados
obtenidos según criterios de adjudicación definidos en la base 6. No se concederá subvención a aquellas solicitudes que no
alcancen una puntuación mínima de 50 puntos sobre un máximo de 100 debiendo alcanzar un mínimo de 15 puntos en el
apartado de "entidad solicitante" y un mínimo de 35 puntos en el apartado referente a "propuesta de actividades".
Se concederá el 100% de la cantidad solicitada a aquellos proyectos que superen el mínimo establecido en la base 6, en
orden a la puntuación obtenida, y en todo caso con un máximo de 3.000,00 €. Se podrán conceder subvenciones hasta llegar
al límite del crédito total consignado especificado en la base 2.
En el supuesto de que existiera un empate de puntos entre distintas entidades y el crédito disponible no fuera suficiente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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