Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (04051/2024)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para acciones que fomenten la igualdad de oportunidades y faciliten la participación social
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Área de Igualdad
Anuncio 4051/2024
límite la cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria y el individual por propuesta.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva
si no mediara renuncia expresa.
La asignación de subvenciones de concurrencia competitiva que se definen en este texto se realizará sobre la base de los
principios de transparencia, objetividad y proporcionalidad de conformidad con la propuesta de actividades presentada por
cada entidad.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos, y no se subvencionarán las propuestas que obtengan una valoración
inferior a 50 puntos. Las propuestas se evaluarán atendiendo a los siguientes criterios:
1.- Entidad solicitante: Máximo 30 puntos.
a) Experiencia de la entidad en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Se
valorará teniendo en cuenta la antigüedad de los objetivos de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres acreditada en los estatutos de la entidad. Hasta 5 puntos.
De al menos 1 año: 1 punto.
De más de 1 año hasta 3 años: 2 puntos.
De más de 3 años hasta 5 años: 3 puntos.
De más de 5 años: 5 puntos.
b) Especialización de la entidad en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Se
valorará que la entidad solicitante haya concentrado su actividad en la promoción de la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres. La entidad deberá especificar claramente que las actividades
realizadas han estado destinadas a conseguir alguno de los objetivos fijados en la base 1 de esta
convocatoria. Las actividades podrán haber sido realizadas por la propia entidad solicitante y/o en
colaboración o coordinación con otras entidades o instituciones públicas o privadas. Se tendrán en cuenta
aquellas actividades desarrolladas en la provincia de Badajoz en los últimos 5 años. Hasta 10 puntos.
De 1 a 2 actividades: 3 puntos.
De 3 a 5 actividades: 6 puntos.
De 6 a 8 actividades: 8 puntos.
Más de 8 actividades: 10 puntos.
c) Ubicación sede social. Se debe acreditar a través de los estatutos de la entidad, siempre que esta
información conste en los mismos, o a través de certificado del/a Secretario/a de la entidad solicitante. Hasta
5 puntos.
La entidad tiene su sede social en localidades de la provincia de Badajoz de más de 10.000 habitantes
y hasta 20.000 habitantes. 2 puntos.
La entidad tiene su sede social en localidades de la provincia de Badajoz de 2.000 habitantes y hasta
10.000 habitantes. 3 puntos.
La entidad tiene su sede social en localidades de la provincia de Badajoz de menos de 2.000
habitantes. 5 puntos.
d) Número de personas asociadas. Hasta 5 puntos.
De 1 a 5 personas asociadas: 1 punto.
De 6 a 10 personas asociadas: 2 puntos.
De 11 a 25 personas asociadas: 3 puntos.
Más de 25 personas asociadas: 5 puntos.
e) Aportación económica de la entidad en el desarrollo de las actividades. Hasta 5 puntos.
Sin aportación propia: 0 puntos.
Aportación inferior al 2%: 1 punto.
Aportación entre 2% hasta 5%: 2 puntos.
Aportación superior al 5% y hasta el 10%: 3 puntos.
Aportación superior al 10%: 5 puntos.
2.- Proyecto/propuesta de actividades: Máximo 70 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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límite la cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria y el individual por propuesta.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva
si no mediara renuncia expresa.
La asignación de subvenciones de concurrencia competitiva que se definen en este texto se realizará sobre la base de los
principios de transparencia, objetividad y proporcionalidad de conformidad con la propuesta de actividades presentada por
cada entidad.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos, y no se subvencionarán las propuestas que obtengan una valoración
inferior a 50 puntos. Las propuestas se evaluarán atendiendo a los siguientes criterios:
1.- Entidad solicitante: Máximo 30 puntos.
a) Experiencia de la entidad en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Se
valorará teniendo en cuenta la antigüedad de los objetivos de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres acreditada en los estatutos de la entidad. Hasta 5 puntos.
De al menos 1 año: 1 punto.
De más de 1 año hasta 3 años: 2 puntos.
De más de 3 años hasta 5 años: 3 puntos.
De más de 5 años: 5 puntos.
b) Especialización de la entidad en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Se
valorará que la entidad solicitante haya concentrado su actividad en la promoción de la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres. La entidad deberá especificar claramente que las actividades
realizadas han estado destinadas a conseguir alguno de los objetivos fijados en la base 1 de esta
convocatoria. Las actividades podrán haber sido realizadas por la propia entidad solicitante y/o en
colaboración o coordinación con otras entidades o instituciones públicas o privadas. Se tendrán en cuenta
aquellas actividades desarrolladas en la provincia de Badajoz en los últimos 5 años. Hasta 10 puntos.
De 1 a 2 actividades: 3 puntos.
De 3 a 5 actividades: 6 puntos.
De 6 a 8 actividades: 8 puntos.
Más de 8 actividades: 10 puntos.
c) Ubicación sede social. Se debe acreditar a través de los estatutos de la entidad, siempre que esta
información conste en los mismos, o a través de certificado del/a Secretario/a de la entidad solicitante. Hasta
5 puntos.
La entidad tiene su sede social en localidades de la provincia de Badajoz de más de 10.000 habitantes
y hasta 20.000 habitantes. 2 puntos.
La entidad tiene su sede social en localidades de la provincia de Badajoz de 2.000 habitantes y hasta
10.000 habitantes. 3 puntos.
La entidad tiene su sede social en localidades de la provincia de Badajoz de menos de 2.000
habitantes. 5 puntos.
d) Número de personas asociadas. Hasta 5 puntos.
De 1 a 5 personas asociadas: 1 punto.
De 6 a 10 personas asociadas: 2 puntos.
De 11 a 25 personas asociadas: 3 puntos.
Más de 25 personas asociadas: 5 puntos.
e) Aportación económica de la entidad en el desarrollo de las actividades. Hasta 5 puntos.
Sin aportación propia: 0 puntos.
Aportación inferior al 2%: 1 punto.
Aportación entre 2% hasta 5%: 2 puntos.
Aportación superior al 5% y hasta el 10%: 3 puntos.
Aportación superior al 10%: 5 puntos.
2.- Proyecto/propuesta de actividades: Máximo 70 puntos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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