Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (04062/2024)
Rectificación de errores en edicto publicado el día 16 de febrero de 2024 sobre el Plan de medidas contra el fraude en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para la Gestión de Fondos Europeos del Ayuntamiento
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 4062/2024

Resolverá el procedimiento en el plazo máximo de 4 días hábiles, a contar desde
la recepción de la comunicación y dejando siempre constancia documental de
todo el procedimiento en el expediente afectado:
a) En caso de que el órgano competente considere que
efectivamente concurren los supuestos anteriores:
a.1) Se comunicará al empleado público afectado
por escrito y a la mayor celeridad posible, la
existencia de un conflicto de intereses, detallándose
el motivo o motivos en los que se fundamenta,
dándole audiencia al empleado al día siguiente de
la recepción por este del mencionado escrito.
a.2) En el trámite de audiencia, el empleado
afectado manifestará al órgano competente si, a su
leal saber y entender, se da o no en él el motivo o
motivos de abstención alegados (causas de
recusación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 24 LRJSP):
a.2.1) Si el empleado afectado
apreciase la concurrencia de la causa
de recusación, el órgano competente
acordará la separación de dicho
empleado del expediente o
procedimiento (designando, si es
necesario, a otro empleado público
para el ejercicio de esas tareas) y
remitirá la documentación a la
Unidad de Control de Gestión.
a.2.2) Si el empleado afectado negase
la concurrencia de la causa de
recusación, el órgano competente
resolverá, previos los informes y
comprobaciones que considere
oportunos:
– Adoptando la
decisión de separar a
dicho empleado del
expediente
o
procedimiento
(designando, si es
necesario, a otro
empleado público para
el ejercicio de esas
tareas) y remitiendo la
documentación a la
Unidad de Control de
Gestión.

O
bien
determinando, de
forma motivada, que
finalmente
no
concurren
los
supuestos
anteriormente
descritos, tras la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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