Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04044/2024)
Convocatoria y bases que han de regir el proceso para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, por el sistema de concurso oposición, turno libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Anuncio 4044/2024
b) Formación (máximo 3 puntos):
1.- Por cursos de formación que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Instituto Nacional de Administración Pública, otras administraciones o entidades públicas,
Organizaciones Sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación Continua
de Administraciones Públicas, hasta un máximo de 2 puntos, que versen sobre materias
directamente relacionadas con las funciones del puesto de trabajo a cubrir.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. En
todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se
haya repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
En todos los documentos acreditativos de superación de los cursos deberá hacerse constar el
contenido del curso y la duración del mismo, con especificación clara de las horas impartidas.
En aquellos documentos en los que se acrediten las horas mediante créditos y en éstos no se
determine el número de horas que corresponde a cada uno de ellos, se entenderá que
equivale a diez horas por crédito.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos.
2.- Por poseer título superior al exigido en la convocatoria (máximo 1 punto):
- Grado, Licenciatura o equivalente: 1 punto.
- Diplomatura o equivalente: 0,75 puntos.
- Técnico Superior, curso especialización Grado Superior: 0,50 puntos.
- Bachillerato y Técnico Medio FP, curso especialización Grado Medio: 0,25
puntos.
En el caso de disponer de varias titulaciones, sólo puntuará la más elevada. Los títulos
académicos oficiales se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente o
la copia compulsada del título.
La acreditación se realizará mediante copia de la titulación correspondiente.
En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes. El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la
documentación aportada, o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a
juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
c) La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en todos los
ejercicios y en la fase de concurso, hasta un máximo de treinta puntos (oposición veinte puntos
máximo y concurso diez puntos máximo).
Séptima. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
1. Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los/las aspirantes que hayan
aprobado las pruebas selectivas por orden de puntuación obtenida.
2. En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a
efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1.- Mayor puntuación en el primer ejercicio.
2.- Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Formación (máximo 3 puntos):
1.- Por cursos de formación que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Instituto Nacional de Administración Pública, otras administraciones o entidades públicas,
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de Administraciones Públicas, hasta un máximo de 2 puntos, que versen sobre materias
directamente relacionadas con las funciones del puesto de trabajo a cubrir.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. En
todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se
haya repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
En todos los documentos acreditativos de superación de los cursos deberá hacerse constar el
contenido del curso y la duración del mismo, con especificación clara de las horas impartidas.
En aquellos documentos en los que se acrediten las horas mediante créditos y en éstos no se
determine el número de horas que corresponde a cada uno de ellos, se entenderá que
equivale a diez horas por crédito.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos.
2.- Por poseer título superior al exigido en la convocatoria (máximo 1 punto):
- Grado, Licenciatura o equivalente: 1 punto.
- Diplomatura o equivalente: 0,75 puntos.
- Técnico Superior, curso especialización Grado Superior: 0,50 puntos.
- Bachillerato y Técnico Medio FP, curso especialización Grado Medio: 0,25
puntos.
En el caso de disponer de varias titulaciones, sólo puntuará la más elevada. Los títulos
académicos oficiales se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente o
la copia compulsada del título.
La acreditación se realizará mediante copia de la titulación correspondiente.
En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes. El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la
documentación aportada, o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a
juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
c) La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en todos los
ejercicios y en la fase de concurso, hasta un máximo de treinta puntos (oposición veinte puntos
máximo y concurso diez puntos máximo).
Séptima. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
1. Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los/las aspirantes que hayan
aprobado las pruebas selectivas por orden de puntuación obtenida.
2. En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a
efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1.- Mayor puntuación en el primer ejercicio.
2.- Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
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