Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03930/2024)
Bases por la que se convocan pruebas selectivas por el sistema de oposición libre para la constitución de una bolsa de trabajo de Técnicos, subgrupo A1, especialidad económica
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 3930/2024

5.º Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1. Las
personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de
la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado
de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a aquellas personas aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
6.2.- Las personas aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera, los
requisitos exigidos.
7.- Acceso de las personas con discapacidad.
7.1.- El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con
discapacidad, que así lo hubieran indicado expresamente en la solicitud, poder participar en las pruebas del
proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el
Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de las personas con discapacidad. Las personas con discapacidad igual o superior al 33
por ciento que presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir
en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las
pruebas del proceso selectivo.
7.2.- Para que el Tribunal Calificador pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las
personas interesadas deberán adjuntar necesariamente copia del dictamen técnico facultativo emitido por el
órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la/s
deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a
estos efectos, ningún otro documento. A tal fin, el Tribunal Calificador aplicará las adaptaciones de tiempos
que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad. Para poder realizar la correspondiente valoración será requisito
imprescindible la aportación del dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.
8.- Solicitudes de participación en el proceso selectivo.
8.1.- De acuerdo el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación
y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes podrán realizar la
presentación de las instancias por medios electrónicos, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
8.2.- Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de quince (15) días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
(BOP). Todas las publicaciones que se realicen en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz serán de
publicación del proceso selectivo a los efectos de presentación de instancias.
Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado el plazo hasta el primer día hábil siguiente.
8.3.- En las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, que se presentarán conforme al modelo
que figura en el anexo III de las presentes bases, los aspirantes deberán manifestar que reúnen, a la fecha de
expiración del plazo de presentación de instancias, todas y cada una de las condiciones exigidas en la
convocatoria.
La presentación de la instancia supone la aceptación íntegra de las presentes bases por los aspirantes.
Deberá indicarse en la misma el medio preferente de notificación, que podrá ser o bien en papel al domicilio
que se indique en la instancia, o bien a través de medios electrónicos.
Si se elige la opción de medios electrónicos, se utilizará este medio para cualquier comunicación o notificación
relacionada con esta solicitud y las notificaciones se considerarán realizadas en debida forma y surtirán los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 16