Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (03897/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza con carácter temporal de Profesor de Guitarra para la Escuela Municipal
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Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 3897/2024

e) Poseer la titulación de Grado Profesional de Música en la especialidad de Guitarra expedido
por el Conservatorio Oficial de Música o institución análoga equivalente.
Además, se deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar inscrita/o como demandante o mejora de empleo en el organismo competente.
b) No estar inscrito en el registro central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia del
Gobierno de España.
Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el
momento de la formalización del contrato.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes proceso de selección, en las que los aspirantes
harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán a
la Alcaldía de este Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de
los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Documentación a entregar junto con la solicitud:
Informe de situación administrativa que acredite que a fecha de presentación de solicitud se
encuentra inscrito como demandante de empleo o mejora de empleo emitido por el organismo
competente.
Documentos acreditativos de los méritos, cursos y circunstancias que deban ser valorados.
Proyecto de trabajo y actividades de carácter anual.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga
datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del
tratamiento de estos datos.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 2 días hábiles, declarando
aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de
la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://lagarrovilla.sedelectronica.es/info.0), se señalará un plazo de 2 días hábiles
para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 2 días hábiles desde la finalización del plazo para la
presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán
desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación de la relación definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento
https://lagarrovilla.sedelectronica.es/info.0). Igualmente se publicará la fecha en la que efectuará la prueba de oposición. En
dicha Resolución, se determinará los integrantes del Tribunal Calificador.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos
exigidos en el proceso selectivo. Cuando de la documentación que debe presentarse se desprenda que no poseen alguno de
los requisitos, los interesados perderán todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este proceso.
Sexta. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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