Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03869/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión ,como funcionario/a de carrera, mediante el sistema de promoción interna por concurso oposición, de una plaza de Oficial de la Policía Local
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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b) Formación académica. Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntuación a obtener en esta
fase conforme se indica a continuación para cada titulación académica con sus correspondientes
equivalencias:
I. Doctorado: 0,4 puntos.
II. Grado: 0,3 puntos.
III. Técnico: 0,2 puntos.
IV. Master: 0,1 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo establecido en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas
universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el de mayor nivel
académico conforme a la puntuación establecida. En caso de que se presente más de un título del mismo
nivel académico, excepto un Master, solo se valorará uno de ellos. Tratándose de un Master, podrán valorarse
todos los que se presenten y adicionarse a la titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el
máximo de puntuación prevista en este apartado.
c) Formación continua. Representará hasta un máximo de 1,00 puntos de la puntuación a obtener en esta
fase. Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos regionales/nacionales de formación
policial, así como titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE. También se valorará la
formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas
que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial.
Se valorarán un máximo de 2.000 horas lectivas, a razón de 0,0005 puntos por hora lectiva.
I. Los cursos relativos exclusivamente a formación policial, que hubieran sido impartidos por
ayuntamientos y organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor del Decreto 107/2017,
de 11 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento
por la ASPEX de acciones formativas impartidas por otras entidades, o normativa que lo
sustituya, podrán ser valorados con la misma baremación que los demás referidos en este
apartado.
d) Docencia. Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntuación a obtener en esta fase.
Únicamente se valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como
docencia certificada por universidades públicas de la UE, siempre que, en este caso, se trate de actividades
formativas relacionadas con la labor policial. También se valorará la docencia certificada por centros
municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente
reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de 250
horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.
e) Condecoraciones. Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntuación a obtener en esta fase.
Únicamente se valorarán las condecoraciones otorgadas por el Gobierno de España, las comunidades
autónomas y órganos plenarios del resto de administraciones públicas, así como otros cuerpos policiales
Internacionales, siempre que sean concedidas a título individual conforme al siguiente baremo:
I. Medalla al mérito de la Policía Local de Extremadura categoría oro 0,25 puntos.
II. Medalla al mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata 0,20 puntos.
III. Condecoraciones de otras administraciones o cuerpos policiales 0,10 puntos.
IV. Reconocimientos 0,05 puntos.

Octava.- Fase de oposición.
La fase de oposición constará de 3 pruebas, que tendrán carácter eliminatorio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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