Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. (03749/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro de Día
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Ayuntamiento de Llera

Anuncio 3749/2024

a) Asistir a la Asamblea General y tomar parte de sus debates con voz y voto.
b) Utilización de los servicios comunes en las condiciones que se establezcan en las normas de
funcionamiento interno.
c)) Participar como elector y elegible en los procesos electorales del Centro.
e) Recibir un trato correcto por parte del personal y de los usuarios.
f) Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el Centro.
g) Participar en los servicios y actividades sociales, culturales y recreativas que se organicen, y colaborar con
sus conocimientos y experiencia en el desarrollo de las mismas.
h) Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la promoción de la salud y
facilitarle el acceso a la asistencia sanitaria.
i) Elevar por escrito, o de palabra, a la Comisión de Evaluación y Seguimiento o al responsable del Centro,
propuestas relativas a las mejoras de los servicios.
j) Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al residente en el ámbito del
Centro respectivo, y en las condiciones reglamentarias que se determinan.
k) Respecto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencias a la intimidad, a la expresión
de sus ideas políticas y religiosas.
l) La cuota mensual que el residente satisface da derecho a manutención consistente en Comida y cena,
siendo de carácter opcional el servicio de desayuno y la lavandería, los cuales tendrán un precio aparte. No se
incluyen en el precio los siguientes servicios:
Los prestados por profesionales ajenos (podólogos, peluqueros...)
Médicos especialistas (cardiólogo, traumatólogo...)
Medios de transporte (taxi, autobuses,..)
Acompañamientos.
Teléfonos y otros gastos de carácter personal (útiles de aseo)
Medicamentos, apósitos y tratamientos no financiados por la Seguridad Social.
B.2. Deberes.
Son deberes de los usuarios:
a) Abonar el importe establecido por la prestación recibida, en los plazos y condiciones pactada a su ingreso
en el Centro.
b) Conocer y cumplir las normas que rijan el funcionamiento interno del Centro.
c) Respetar el buen uso de las instalaciones del Centro y colaborar en su mantenimiento.
d) Mantener un comportamiento correcto en su relación con los usuarios y trabajadores del Centro.
e) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro de Centro y en cualquier otro lugar relacionado
con sus actividades.
f) Poner en conocimiento de los órganos de gestión y representación, las anomalías o irregularidades que se
observen en el mismo.
g) Guardar las normas básicas de higiene y aseo, tanto personales como en las dependencias del
establecimiento.
i) Aceptar y cumplir las instrucciones de los órganos de gestión y personal del establecimiento.
j) Aportar el ajuar que se le indique al ingresar en el Centro.
C.- NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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