Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. (03648/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión en régimen de interinidad del puesto de Tesorero/a del Ayuntamiento de Castuera y creación de una bolsa de empleo para nombramientos interinos del puesto de Tesorería
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 3648/2024
aspirantes en el conjunto de los ejercicios aprobados.
5.2. Fase de concurso (40%).
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, y consistirá en valorar determinadas condiciones
de formación, méritos o niveles de experiencia, adecuados con las características del puesto que se cubre,
siempre que sean alegados y acreditados documentalmente por los/las aspirantes. El Tribunal valorará los
méritos de los aspirantes que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en el tablón
de anuncios de la Corporación.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de
instancias.
5.2.2. El Tribunal examinará los méritos presentados por los aspirantes y los calificará con arreglo al siguiente
baremo. Con un máximo de 4,00 puntos.
Baremo
1. Por cada mes de servicios prestados por el aspirante con nombramiento interino en puestos
reservados en entidades locales, hasta un máximo de 2,5 puntos.
- Por experiencia en puestos pertenecientes a cualquiera de las escalas con
habilitación de carácter nacional: 0,20 puntos por mes trabajado, hasta un
máximo de 2,5 puntos.
2. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración con
los mismos, según la siguiente tabla, hasta un máximo de 1,5 puntos.
a) Cursos realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a
cubrir, hasta un máximo de 1 punto:
- De 10 horas en adelante: 0,35 puntos cada uno.
b) Cursos realizados sobre materias relacionadas con la administración pública,
hasta un máximo de 0,5 puntos:
- De 10 horas en adelante: 0,2 puntos por cada uno.
6. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
6.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el aspirante que haya superado las pruebas selectivas y lo
elevará al Presidente de la Corporación para que remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino a
favor del mismo.
6.2. Todo ello siempre que según lo establecido en el artículo 53 del RD 128/2018, de 16 de marzo, no fuese posible la
provisión del citado puesto por los procedimientos previstos en los artículos 49, 50 y 51 del citado Reglamento, circunstancia
que deberá quedar acreditada en el expediente.
7. Presentación de documentos y propuesta de nombramiento.
7.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de
aspirantes aprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento y página web, el aspirante propuesto presentará en el
registro general del Ayuntamiento, los documentos que a continuación se relacionan:
Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 13
Anuncio 3648/2024
aspirantes en el conjunto de los ejercicios aprobados.
5.2. Fase de concurso (40%).
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, y consistirá en valorar determinadas condiciones
de formación, méritos o niveles de experiencia, adecuados con las características del puesto que se cubre,
siempre que sean alegados y acreditados documentalmente por los/las aspirantes. El Tribunal valorará los
méritos de los aspirantes que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en el tablón
de anuncios de la Corporación.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de
instancias.
5.2.2. El Tribunal examinará los méritos presentados por los aspirantes y los calificará con arreglo al siguiente
baremo. Con un máximo de 4,00 puntos.
Baremo
1. Por cada mes de servicios prestados por el aspirante con nombramiento interino en puestos
reservados en entidades locales, hasta un máximo de 2,5 puntos.
- Por experiencia en puestos pertenecientes a cualquiera de las escalas con
habilitación de carácter nacional: 0,20 puntos por mes trabajado, hasta un
máximo de 2,5 puntos.
2. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración con
los mismos, según la siguiente tabla, hasta un máximo de 1,5 puntos.
a) Cursos realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a
cubrir, hasta un máximo de 1 punto:
- De 10 horas en adelante: 0,35 puntos cada uno.
b) Cursos realizados sobre materias relacionadas con la administración pública,
hasta un máximo de 0,5 puntos:
- De 10 horas en adelante: 0,2 puntos por cada uno.
6. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
6.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el aspirante que haya superado las pruebas selectivas y lo
elevará al Presidente de la Corporación para que remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino a
favor del mismo.
6.2. Todo ello siempre que según lo establecido en el artículo 53 del RD 128/2018, de 16 de marzo, no fuese posible la
provisión del citado puesto por los procedimientos previstos en los artículos 49, 50 y 51 del citado Reglamento, circunstancia
que deberá quedar acreditada en el expediente.
7. Presentación de documentos y propuesta de nombramiento.
7.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de
aspirantes aprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento y página web, el aspirante propuesto presentará en el
registro general del Ayuntamiento, los documentos que a continuación se relacionan:
Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 13