Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03629/2024)
Bases de la convocatoria para la creación de bolsa de trabajo de Letrado Asesor Jurídico
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 3629/2024

pública acreditada para el curso de que se trate. La puntuación será la siguiente:

De 20 a 30 horas de duración

0,05 puntos

De 31 a 60 horas de duración

0,10 puntos

Entre 61 y 120 horas de duración

0,15 puntos

Entre 121 y 250 horas de duración

0,20 puntos

De más de 250 horas de duración

0,25 puntos

Para acreditar los cursos de formación se deberá aportar copia del certificado de asistencia o diploma en el
que figure: Número de horas de duración, programa desarrollado, fecha de celebración y escudo, sello o
anagrama de la entidad pública que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
Solo se valorarán aquellos méritos que estén acreditados documentalmente, mediante certificación expedida
por el organismo o entidad en el que se hubieran prestado servicios y en la que conste el tiempo y el tipo de
servicios de forma expresa. Se incluirán en el sector público las entidades relacionadas en el artículo 3 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público; el resto se considerarán empresas privadas.
C) Titulación académica de carácter oficial superior a la exigida. Puntuación máxima a obtener: 1 punto.
Se valorará el estar en posesión de una titulación de postgrado superior a la exigida para participar en la
convocatoria, relacionada con funciones propias del puesto.
Doctorado: 1 punto.
Máster: 0,50 puntos.
La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia del título o certificación académica que
acredite tener cursado y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la
expedición de aquel título.
El Tribunal no valorará aquellos servicios aducidos de forma insuficiente o incorrecta o entregados fuera del
plazo de presentación de solicitudes.
◦ Segunda. Fase de oposición (máximo 10 puntos), comprenderá un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio:
El ejercicio consistirá en una prueba práctica de ejecución escrita que versará sobre uno o varios supuestos prácticos
referidos a las materias que figuran en el anexo I, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los
aspirantes.
El plazo de realización de este ejercicio será de un máximo de dos horas y media.
Los aspirantes podrán consultar textos legales para la ejecución, que deberán traer ellos mismos en formato papel, no se
admitirán en formato digital.
El Tribunal podrá solicitar que el ejercicio sea leído por los aspirantes.
Los ejercicios podrán realizarse en una misma sesión.
Octava.- Calificación de las pruebas y relación de aprobados/as.
◦ Calificación de las pruebas: Todos los ejercicios que se desarrollen en la fase de Oposición serán calificados por el Tribunal
hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el
total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva.
◦ Calificación definitiva: La calificación definitiva, que se realizará sobre 10 puntos, se corresponderá con la siguiente
proporción:
60% de la calificación definitiva vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición por cada
aspirante aprobado.
40% de la calificación definitiva vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Así se determinará el orden de clasificación definitiva. En caso de empate, se dará prioridad a la calificación obtenida en el
Ejercicio Práctico. De persistir el empate, el Tribunal tendrá potestad para realizar otro Ejercicio Práctico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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