Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03514/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro de Día de Mayores de La Garrovilla
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Ayuntamiento de La Garrovilla

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i) Recibir visitas, en los horarios establecidos por la Dirección del Centro, excepto indicación contraria del
usuario o su representante legal, debiendo ser formulada la misma por escrito.
j) La cuota mensual que el residente satisface da derecho a los servicios propios del Centro, excepto aquellos
lleven un coste adicional para ser beneficiarios de ellos, como son transporte, lavandería, baño completo…
B. Deberes.
Son deberes de los usuarios:
a) Abonar el importe establecido por la prestación recibida, en los plazos y condiciones pactada a su ingreso
en el Centro.
b) Los usuarios deberán acudir al Centro debidamente aseados con la ropa limpia y adecuada a sus
necesidades.
c) Conocer y cumplir las normas que rijan el funcionamiento interno del Centro.
d) Respetar el buen uso de las instalaciones del Centro y colaborar en su mantenimiento.
e) Mantener un comportamiento correcto en su relación con los usuarios y trabajadores del Centro.
f) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro de Centro y en cualquier otro lugar relacionado
con sus actividades.
g) Poner en conocimiento de los órganos de gestión y representación, las anomalías o irregularidades que se
observen en el mismo.
h) Comunicar al personal existente ese día en el Centro las ausencias superiores a 24 horas.
i) Guardar las normas básicas de higiene y aseo, tanto personales como en las dependencias del
establecimiento.
j) Aceptar y cumplir las instrucciones de los órganos de gestión y personal del establecimiento.
k) Aportar el material que se le indique al ingresar en el Centro.
9.- INFRACCIONES Y SANCIONES.
A. Infracciones:
La actuación anómala de los usuarios en el Centro o en las actividades desarrolladas por los mismos, serán recogidas en el
libro de incidencias habilitado para tal fin, donde se recogerán diariamente por parte del personal auxiliar que trabaja en el
mismo, con indicación de algún testigo de los hechos, si lo hubiera.
Infracciones leves:
• Alterar las normas de convivencia y respeto mutuos, creando en el Centro de Día situaciones de malestar.
• Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios del Centro o perturbar las actividades del mismo.
• Promover y participar en altercados, riñas, peleas de cualquier tipo, con usuarios y / o personal del Centro,
siempre que no se deriven daños graves a terceros.
• Falta de respeto a otros usuarios o personal del Centro.
Infracciones graves:
• La reiteración de faltas leves.
• Alterar las normas de convivencia de forma habitual y permanente, creando situaciones de malestar en el
Centro.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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