Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03534/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de gestión y visitas en museos y patrimonio histórico-artístico municipal
14 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Medellín

Anuncio 3534/2024

Artículo 8. Precios por entrada especial.
Uno. Se contempla un precio especial de entrada conjunta al parque Arqueológico (Castillo, y Centro Museográfico y Teatro
Romano): 4,00 euros.
Los beneficiarios de precios por entrada especial son:
- Visitas de grupos de alumnos y docentes de Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Universidad,
organizadas por los centros educativos, previa inscripción en la Oficina de Turismo.
- Visitas de grupos organizadas por entidades sociales sin ánimo de lucro, previa solicitud y autorización del
Ayuntamiento.
Dos. Entradas a eventos culturales organizados por el Ayuntamiento.
a) Entradas a actividades teatrales del Festival Juvenil de Teatro Grecolatino "METELLINVM-ANAS":
- Por entrada a una actuación: 5,00 euros.
- Por entrada a dos o más actuaciones: 8,00 euros.
- Por talleres didácticos: 1,00 euro.
b) Entradas con carácter general al Teatro Romano: 6,00 euros, por persona y obra, y con un precio máximo
que se obtendrá de un estudio económico sobre el coste de la actividad y de resolución de Alcaldía.
c) Entradas con carácter general al Castillo: 4,00 euros, por persona y obra, y con un precio máximo que se
obtendrá de un estudio económico sobre el coste de la actividad y de resolución de Alcaldía.
Artículo 9. Exenciones.
Están exentas de pago de los precios establecidos en el presente capítulo los siguientes usuarios:
- Menores hasta 6 años.
- Residentes en el municipio de Medellín, debidamente acreditados mediante DNI o certificado de
empadronamiento del mes en curso.
- Guías turísticos en el desempeño de su trabajo.
- Los profesores siempre que acompañen a un grupo escolar como responsables del mismo.
- Empleados del Excmo. Ayuntamiento de Medellín.
- Visitas de grupos escolares de infantil y primaria, organizadas por los centros educativos, previa inscripción
en la Oficina de Turismo.
El personal del Servicio de Turismo deberá requerir la documentación acreditativa que sea objeto de bonificación o exención
de la entrada al usuario interesado, pudiendo denegar dicha bonificación o exención si la situación particular no queda lo
suficientemente acreditada.
Artículo 10. Entrada libre por motivos excepcionales.
El Ayuntamiento de Medellín, podrá en casos excepcionales conceder visitas con entrada gratuita o reducida (con o sin guía),
al público en general o a grupos en particular, en determinados días y horas y por aquellos motivos que, debido a su
carácter y significado institucional, profesional, de estudio, de investigación o de otra índole acuerde exceptuar.
Los recintos monumentales a los que se refiere la presente norma podrán visitarse gratuitamente en las jornadas de
difusión o puertas abiertas a celebraren fechas que autorice el Ayuntamiento de Medellín, con un máximo de dos días al
año.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 14