Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (03513/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de casas de baño, duchas, piscinas, balnearios, instalaciones deportivas y otros servicios análogos
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Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 3513/2024

Tendrán derecho a reducción, de carácter rogado, en el siguiente caso:
1. Bonificación del 100% en el abono de temporada para aquellos sujetos pasivos que acrediten un grado de
minusvalía igual o superior al 33%, certificado por el organismo competente.
En el caso de que el sujeto pasivo acredite, además del grado de minusvalía igual o superior al 33, movilidad reducida,
tendrá derecho a una bonificación del 100% en el abono de temporada una persona acompañante.
Artículo 8. Infracciones y sanciones tributarias.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, se
estará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
Disposición adicional.
El acuerdo de imposición de esta tasa fue tomado y su Ordenanza fiscal aprobada por el Pleno de esta entidad local el 5 de
noviembre de 1998. Comenzará a regir el día 1 de enero de 1999 y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o
modificación expresa.

________________
ANEXO I
1.- Las normas de funcionamiento interno del servicio en cuanto a horarios, reservas de utilización y demás,
serán objeto de regulación por la Corporación municipal.
2.- En su caso, serán responsables del pago de la tasa los padres o tutores de quienes encontrándose bajo su
patria potestad o tutela, conforme a los artículos 55, 154 y 206 del código civil, se beneficié de los servicios o
actuaciones definidos en esta Ordenanza.
3.- La cuantía de la tasa será la fijada en el siguiente cuadro de precios:
TARIFA DE PRECIOS:

ABONO TEMPORADA
Matrimonio

38,50 euros

Adultos

26,40 euros

Cadetes

20,40 euros

Niños

14,40 euros

ABONO MENSUAL
Matrimonio

16,20 euros

Adultos

13,30 euros

Cadetes

12,00 euros

Niños

7,20 euros

ENTRADA DIARIA
Adultos
Cadetes

Diario (lunes a viernes)

1,20 euros

Festivos, sábados y domingos

1,70 euros

Diario (lunes a viernes)

0,90 euros

Festivos, sábados y domingos

1,10 euros

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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