Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03474/2024)
Aprobación del establecimiento y ordenación del precio público por la prestación de servicios de cesión de uso de maquinaria de obras públicas a los ayuntamientos de la provincia y otros entes públicos y su texto regulador
6 páginas totales
Página
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 3474/2024

Quinto. Tramitación.
La solicitud de cesión de uso de maquinaria con conductor, habrá de ser formulada por quien presida la entidad local, e irá
dirigida al Diputado que ostente la competencia en materia de maquinaria y parque móvil en la Diputación de Badajoz,
haciendo constar en la misma el tipo de maquinaria solicitada, clase de trabajos que se proponen realizar, horas estimadas
de utilización y demás circunstancias que justifiquen la utilización pretendida.
El procedimiento para la concesión de la cesión de uso de la maquinaria, seguirá el siguiente procedimiento:
1. La solicitud referida se someterá a informe-propuesta del servicio correspondiente, que valorará la procedencia de
acceder a lo solicitado en función del plan de trabajo oficial de las máquinas o del destino que se solicita.
El calendario de trabajo, se fijará por orden de presentación de las solicitudes, si bien por razones de organización y
economía en el transporte de las máquinas se podrá alterar ese orden en función de la proximidad de otros municipios
solicitantes.
La entidad local beneficiaria de la cesión de uso de la maquinaria, tiene la obligatoriedad en el marco de coordinación de
actividades empresariales, de mantener al menos un trabajador capacitado del municipio donde se desarrolle la actividad
como adjunto al conductor, en esas tareas de carga/descarga de equipos, así como un acompañante durante las tareas de
trabajos en solitario por el conductor de la maquinaria de obra.
Quedará obligada también a poner una persona que le indique al maquinista la labor a realizar, y le auxilie en la señalización
de la misma.
La maquinaria siempre será utilizada por el personal designado por la Diputación de Badajoz y, en caso de avería de las
máquinas que impida su funcionamiento, la Diputación minorará la liquidación por los días de paralización, no estando
obligada a indemnizar daños y perjuicios de ninguna clase que pudieran derivarse de la interrupción de su uso.
La Diputación, por motivos de urgencia, se reserva el derecho de rescate de las máquinas para la realización de otros
servicios.
2. Dicha solicitud, debidamente informada, se someterá a resolución del Presidente de Diputación o Diputado en quien
delegue y en la misma se hará constar el periodo de cesión de las máquinas.
3. La resolución de cesión de uso de maquinaria, será debidamente notificada a la entidad solicitante.
En el día de inicio de la prestación del servicio se firmará un documento entre la Diputación de Badajoz y el Ayuntamiento o
entidad pública en el que se haga constar la fecha de comienzo del servicio, la conformidad con las condiciones del mismo
así como, en su caso, la posesión de cualquier tipo de autorización o permiso necesario para la ejecución de los trabajos; en
caso contrario, y como se establece en el artículo 4, será la entidad la responsable de cualquier tipo de gasto ocasionado por
este motivo.
A su vez, una vez terminado el servicio, las partes firmarán un parte de finalización, indicando que el mismo ha concluido de
forma adecuada y detallando el número de horas en las que la maquinaria cedida ha estado trabajando.
En la sede electrónica y en la Oficina de Información Administrativa de esta Administración estarán disponibles los
documentos de solicitud, inicio y terminación de la prestación, los cuales pueden descargarse en:
Sede electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Oficina de Información Administrativa:
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
Sexto.- Gestión y cobro del precio público.
La obligación de pago del precio público a que se refiere este texto regulador nace con el inicio de la prestación efectiva del
servicio en la forma prevista.
La liquidación del precio público, se llevará a cabo a través del servicio correspondiente, para lo que mensualmente el
servicio con competencia en maquinaria y parque móvil de la Diputación de Badajoz, presentará, dentro de los cinco
primeros días de cada mes, una relación de la maquinaria o vehículos que han prestado los servicios previstos, expresando
el número de días u horas de utilización.
Las liquidaciones practicadas, serán aprobadas por el órgano competente, se comunicarán a las entidades locales
interesadas y contra las mismas podrán formularse los recursos pertinentes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 6