Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03474/2024)
Aprobación del establecimiento y ordenación del precio público por la prestación de servicios de cesión de uso de maquinaria de obras públicas a los ayuntamientos de la provincia y otros entes públicos y su texto regulador
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 3474/2024
De conformidad con lo establecido en el artículo 46.3 de. RDL 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la
Ley Reguladora de Haciendas Locales, en relación con el artículo 27.6 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios
públicos, las deudas por precios públicos podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, conforme a la
normativa vigente.
Sin perjuicio de lo anterior, no se producirá devengo del precio público, y en su consecuencia no se producirá liquidación por
el uso de la maquinaria, cuando éste fuere debido a situaciones extraordinarias, derivadas de acontecimientos imprevisibles
y de fuerza mayor (tales como, inundaciones, corrimiento de tierras, aludes,..), que previa su debida justificación por la
Jefatura de Servicio, fuera objeto de autorización por el Presidente de la Diputación o Diputado/a de la misma en quien
delegue.
La entrada en vigor de este texto queda demorada hasta tanto se produzca la derogación definitiva del texto consolidado de
la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios mediante la cesión de uso de maquinaria de obras
públicas a los ayuntamientos de la provincia y otros entes públicos, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión
ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2022, y acordada su derogación mediante acuerdo adoptado en la sesión
plenaria de 3 de mayo de 2024 (BOP número 92, de 15 de mayo de 2024).
Lo que se hace público para general conocimiento. En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel
Gallardo Miranda.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso
administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dentro del plazo de dos meses
desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Ley Reguladora de Haciendas Locales, en relación con el artículo 27.6 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios
públicos, las deudas por precios públicos podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, conforme a la
normativa vigente.
Sin perjuicio de lo anterior, no se producirá devengo del precio público, y en su consecuencia no se producirá liquidación por
el uso de la maquinaria, cuando éste fuere debido a situaciones extraordinarias, derivadas de acontecimientos imprevisibles
y de fuerza mayor (tales como, inundaciones, corrimiento de tierras, aludes,..), que previa su debida justificación por la
Jefatura de Servicio, fuera objeto de autorización por el Presidente de la Diputación o Diputado/a de la misma en quien
delegue.
La entrada en vigor de este texto queda demorada hasta tanto se produzca la derogación definitiva del texto consolidado de
la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios mediante la cesión de uso de maquinaria de obras
públicas a los ayuntamientos de la provincia y otros entes públicos, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión
ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2022, y acordada su derogación mediante acuerdo adoptado en la sesión
plenaria de 3 de mayo de 2024 (BOP número 92, de 15 de mayo de 2024).
Lo que se hace público para general conocimiento. En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel
Gallardo Miranda.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso
administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dentro del plazo de dos meses
desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.
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