Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03397/2024)
Aprobación protocolo en materia de prevención y actuación ante posibles situaciones de acoso laboral (mobbing)
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

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protocolo será difundido a todos los trabajadores mediante el envío de una copia, bien por medios
telemáticos, en aquellos casos que fueran posibles, bien mediante la entrega de material impreso, así como
mediante publicación en tablón anuncios sede electrónica Ayuntamiento Orellana la Vieja. Dicho protocolo se
entregará al personal de nuevo ingreso, dentro de la formación e información inicial que se les proporciona.
4. Aprobación del sistema de consultas, se establecerá algún sistema (buzón, correo electrónico o teléfono),
donde se puedan realizar consultas y recibir asesoramiento informativo sobre acoso (cualquier modalidad),
de forma anónima.
5. Adopción de medidas preventivas o cautelares que minimicen los efectos del acoso: En defensa de los
derechos de las distintas partes afectadas se podrán adoptar las medidas oportunas siempre que exista
denuncia formal de dichas conductas.
6. El Servicio de Prevención y Régimen Interior realizará periódicamente la evaluación de riesgos psicosociales
con el fin de determinar su naturaleza y frecuencia en relación con el trabajo, y para detectar posibles
situaciones que pudieran generar conductas de acoso.
7. Inclusión en los respectivos convenios y acuerdos de cláusulas que prevengan y sancionen actitudes de
acoso en el entorno laboral.
8. Medidas preventivas de evitación de dichas conductas mediante el diálogo con el presunto actor de la
situación de violencia en el trabajo, antes de que esta llegue a convertirse en acoso: Se recabarán apoyos en
el entorno laboral de la persona acosada a fin de que la implicación solidaria de los compañeros logre una
función protectora.
9. Medidas de reparación y retorno a la situación anterior: En los casos de que se pruebe la existencia de
acoso, en el caso de la persona acosada, se tratará de reparar la situación generada, así como de evitar
cualquier posible represalia que se pudiera producir tanto para el acosado como para cualquier denunciante.
10. Elaboración de estadísticas con datos numéricos, desagregados por sexo, sobre el número de
intervenciones y casos de acoso (cualquier modalidad), así como publicación periódica de dichos datos,
manteniendo siempre el anonimato de las personas afectadas.
11. Integración de los principios del presente protocolo: Los criterios de actuación y principios a que el
Ayuntamiento de Orellana la Vieja se compromete en el presente protocolo deberán integrarse, de forma
transversal, en toda la formación continua.
12. Evaluación y revisión periódica del funcionamiento o implantación del protocolo.
13. Se procurará, por todos los medios posibles, que todo el personal que preste servicio en el Ayuntamiento
de Orellana la Vieja, conozca la política de la empresa en esta materia.
7. Procedimiento de actuación ante un posible caso de acoso laboral.
7.1 Personal que interviene en la resolución del caso.
7.1.1. Concejal Delegado de Personal.
Su función en cuanto a la resolución del posible caso de acoso será:
1.- Recibir todas las denuncias, quejas o consultas en tema de acoso laboral
(mobbing) y gestionar, las mismas, de acuerdo a lo establecido en el presente
procedimiento.
2.- Actuar de oficio si detecta acoso en las evaluaciones de riesgos, siniestralidad
laboral, vigilancia de la salud o expedientes de inadaptación al puesto de trabajo,
para ello deberá ponerse en contacto con la persona afectada y solicitar su
autorización al respecto.
7.1.2. Comité evaluador.
Para solucionar los casos de acoso laboral (mobbing) en el ámbito de el Ayuntamiento de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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