Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03348/2024)
Aprobación del Plan Antifraude del Ayuntamiento de Almendral
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 3348/2024
a) Evaluar de la incidencia del fraude y su calificación como sistémico o puntual.
b) Retirar los proyectos o la parte de los proyectos afectados por el fraude y
financiados o a financiar por el MRR.
D) Persecución. A la mayor brevedad se procederá a:
a) Comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad decisora, quien
comunicará el asunto a la autoridad responsable, la cual podrá solicitar la información
adicional que considere oportuna de cara su seguimiento y comunicación a la autoridad de
control.
b) Denunciar, si fuese el caso, los hechos punibles a las autoridades públicas competentes
(Servicio Nacional de Coordinación Antifraude -SNCA-) y para su valoración y eventual
comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.
c) Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente
disciplinario.
d) Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los casos oportunos.
9. Seguimiento y control periódico del Plan.
El Ayuntamiento de Almendral asume el compromiso de implantar, en breve plazo, un sistema de información adecuado
para facilitar el seguimiento de las medidas del Plan y también llevar a cabo las responsabilidades de prevención, detección
y control de los actos contra la integridad, actos de fraude o de corrupción.
Asimismo, se habilitarán canales de comunicación interna y externa para que el personal empleado informe de los riesgos
percibidos en su gestión, así como las actividades inadecuadas o de los casos de infracciones.
La Comisión Antifraude será el órgano de seguimiento y garantía del cumplimiento del Plan. Para ello realizará las siguientes
funciones:
1.- Supervisión.
Se realizará un control periódico para verificar el cumplimiento de las reglas del Plan y sus efectos prácticos
por la Comisión Antifraude.
El seguimiento anual del Plan se basará en el análisis de las respuestas de los distintos departamentos y
servicios gestores, a través de formularios y acciones específicas, preparadas al efecto.
El proceso de seguimiento garantizará que se aplican los mecanismos de control adecuados para las
actividades de la organización y que los procedimientos son seguidos en todos los niveles. Más allá de la
periodicidad de las revisiones y actualizaciones antes señaladas, los responsables de las diferentes unidades
informarán a la Comisión Antifraude cuando surjan riesgos elevados o nuevos que sea necesario prevenir.
Finalmente se elaborará un informe anual sobre el cumplimiento de las medidas previstas en el Plan. Dicho
informe se elevará a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento.
2.- Revisión y actualización del Plan.
El informe anual de ejecución del Plan, así como la presencia de incumplimientos o casos de fraude o
corrupción, indicarán la necesidad de su actualización, en función del seguimiento realizado, y recomendará
su revisión siempre que sea necesario, teniendo en cuenta las evaluaciones previstas en el apartado anterior.
Se evaluará el cumplimiento de las medidas del Plan por la Comisión Antifraude y se propondrá, en su caso, la
revisión y adaptación a la realidad del órgano de control a través de mejoras que garanticen la transparencia y
minimicen los riesgos.
3.- Comunicación y difusión.
Se desarrollarán e implantarán procesos para gestionar la información y se elaborará un Plan de
comunicación que favorezca la participación e implicación de todo el personal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a) Evaluar de la incidencia del fraude y su calificación como sistémico o puntual.
b) Retirar los proyectos o la parte de los proyectos afectados por el fraude y
financiados o a financiar por el MRR.
D) Persecución. A la mayor brevedad se procederá a:
a) Comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad decisora, quien
comunicará el asunto a la autoridad responsable, la cual podrá solicitar la información
adicional que considere oportuna de cara su seguimiento y comunicación a la autoridad de
control.
b) Denunciar, si fuese el caso, los hechos punibles a las autoridades públicas competentes
(Servicio Nacional de Coordinación Antifraude -SNCA-) y para su valoración y eventual
comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.
c) Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente
disciplinario.
d) Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los casos oportunos.
9. Seguimiento y control periódico del Plan.
El Ayuntamiento de Almendral asume el compromiso de implantar, en breve plazo, un sistema de información adecuado
para facilitar el seguimiento de las medidas del Plan y también llevar a cabo las responsabilidades de prevención, detección
y control de los actos contra la integridad, actos de fraude o de corrupción.
Asimismo, se habilitarán canales de comunicación interna y externa para que el personal empleado informe de los riesgos
percibidos en su gestión, así como las actividades inadecuadas o de los casos de infracciones.
La Comisión Antifraude será el órgano de seguimiento y garantía del cumplimiento del Plan. Para ello realizará las siguientes
funciones:
1.- Supervisión.
Se realizará un control periódico para verificar el cumplimiento de las reglas del Plan y sus efectos prácticos
por la Comisión Antifraude.
El seguimiento anual del Plan se basará en el análisis de las respuestas de los distintos departamentos y
servicios gestores, a través de formularios y acciones específicas, preparadas al efecto.
El proceso de seguimiento garantizará que se aplican los mecanismos de control adecuados para las
actividades de la organización y que los procedimientos son seguidos en todos los niveles. Más allá de la
periodicidad de las revisiones y actualizaciones antes señaladas, los responsables de las diferentes unidades
informarán a la Comisión Antifraude cuando surjan riesgos elevados o nuevos que sea necesario prevenir.
Finalmente se elaborará un informe anual sobre el cumplimiento de las medidas previstas en el Plan. Dicho
informe se elevará a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento.
2.- Revisión y actualización del Plan.
El informe anual de ejecución del Plan, así como la presencia de incumplimientos o casos de fraude o
corrupción, indicarán la necesidad de su actualización, en función del seguimiento realizado, y recomendará
su revisión siempre que sea necesario, teniendo en cuenta las evaluaciones previstas en el apartado anterior.
Se evaluará el cumplimiento de las medidas del Plan por la Comisión Antifraude y se propondrá, en su caso, la
revisión y adaptación a la realidad del órgano de control a través de mejoras que garanticen la transparencia y
minimicen los riesgos.
3.- Comunicación y difusión.
Se desarrollarán e implantarán procesos para gestionar la información y se elaborará un Plan de
comunicación que favorezca la participación e implicación de todo el personal.
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