Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (03341/2024)
Resolución provisional de concesión de subvenciones, en el marco del Plan Provincial de radares pedagógicos, para la entrega e instalación de radares pedagógicos a favor de las entidades locales de la provincia de Badajoz
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

Anuncio 3341/2024

mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las solicitudes, deberá realizar
una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día de dicho plazo de
presentación de solicitudes.
Sexto: Que transcurrido el plazo de 15 días, y realizadas las comprobaciones y subsanaciones oportunas
conforme a los plazos establecidos en artículo 68 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común,
desde el Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio se eleve propuesta de concesión
definitiva al órgano concedente, de modo que tras el informe de fiscalización correspondiente se proceda a la
publicación en el BOP de la resolución de concesión definitiva.
A los efectos de cumplir con lo estipulado en el artículo 189.2 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y conforme a
lo establecido en el artículo 3.2 del Reglamento de la Ley de Subvenciones, en relación a las ayudas en
especie, los requisitos para efectuar el pago de las subvenciones, recogidos en el capítulo V del Título I de
dicha ley, deberán entenderse referidos a la entrega del bien, derecho o servicio objeto de la ayuda, por lo
cual, no podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de
procedencia de reintegro.
Séptimo: Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática, mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Anexo 2: Declaración responsable.
Anexo 3: Solicitud renuncia a la subvención.
Anexo 4: Comunicación ubicación radar y compatibilidad urbanística para su instalación.
Anexo 5: Autorización de consulta de datos de estar al corriente con otras administraciones.
Anexo 6: Certificado de encontrarse al corriente con las obligaciones de la Hacienda Estatal y la
Seguridad Social.
Todos los anexos, firmados por el órgano competente, estarán disponibles en la sede electrónica de la
Diputación de Badajoz, ubicada en la página principal de la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades siendo la sede electrónica el único medio de
presentación de los mismos durante las 24 horas de todos los días del plazo establecido.
Los anexos correspondientes estarán además disponibles en los siguientes enlaces web:
http://fomento.dip-badajoz.es/subvenciones.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
http://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Octavo: Ordenar la publicación del extracto y el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y
en la BDNS, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y
aplicable al efecto.
Noveno: Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del RD 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
Décimo: De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de
abril de 2016, General de Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario
para el cumplimiento de la actividad administrativa de concesión de subvenciones.

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924 212 237 dpd@dip-badajoz.es

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