Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (03341/2024)
Resolución provisional de concesión de subvenciones, en el marco del Plan Provincial de radares pedagógicos, para la entrega e instalación de radares pedagógicos a favor de las entidades locales de la provincia de Badajoz
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 3341/2024
Información sobre protección de datos
Finalidad del tratamiento
Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de
Badajoz destinadas a municipios y entidades locales menores de la
provincia de Badajoz para la adquisición, creación, rehabilitación o
reparación de elementos identitarios
Legitimación del tratamiento
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz
Destinatarios de cesiones o
transferencias
No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial
Derechos de los interesados
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los
datos, limitación u oposición, así como otros
Información adicional
www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las
actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada y podrá ejercitar sus derechos de acceso,
rectificación, supresión y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal ante la
Delegación de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio de la Diputación Provincial de Badajoz,
calle Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de
los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente
recurso de reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz dentro del plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y
46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativo, sin perjuicio
de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente, ante el mismo órgano que lo
hubiera dictado.
En Badajoz, a fecha de firma electrónica. El Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, Miguel Ángel
Gallardo Miranda. Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón para su trascripción al libro
electrónico de resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
___________________
ANEXO 1
Número
Entidades locales beneficiarias
Unidades
Valoración (€)
1/SV/2024
Acedera
1
5.110,96
2/SV/2024
Aceuchal
1
5.110,96
3/SV/2024
Ahillones
1
5.110,96
4/SV/2024
Alange
1
5.110,96
5/SV/2024
Albuera, La
1
5.110,96
6/SV/2024
Alburquerque
1
5.110,96
7/SV/2024
Alconchel
1
5.110,96
8/SV/2024
Alconera
1
5.110,96
9/SV/2024
Aljucén
1
5.110,96
10/SV/2024
Almendral
1
5.110,96
11/SV/2024
Arroyo de San Serván
1
5.110,96
12/SV/2024
Atalaya
1
5.110,96
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz destinadas a municipios y entidades locales menores de la
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Legitimación del tratamiento
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Destinatarios de cesiones o
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Derechos de los interesados
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datos, limitación u oposición, así como otros
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rectificación, supresión y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal ante la
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calle Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de
los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente
recurso de reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz dentro del plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y
46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativo, sin perjuicio
de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente, ante el mismo órgano que lo
hubiera dictado.
En Badajoz, a fecha de firma electrónica. El Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, Miguel Ángel
Gallardo Miranda. Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón para su trascripción al libro
electrónico de resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
___________________
ANEXO 1
Número
Entidades locales beneficiarias
Unidades
Valoración (€)
1/SV/2024
Acedera
1
5.110,96
2/SV/2024
Aceuchal
1
5.110,96
3/SV/2024
Ahillones
1
5.110,96
4/SV/2024
Alange
1
5.110,96
5/SV/2024
Albuera, La
1
5.110,96
6/SV/2024
Alburquerque
1
5.110,96
7/SV/2024
Alconchel
1
5.110,96
8/SV/2024
Alconera
1
5.110,96
9/SV/2024
Aljucén
1
5.110,96
10/SV/2024
Almendral
1
5.110,96
11/SV/2024
Arroyo de San Serván
1
5.110,96
12/SV/2024
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1
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