Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia del Mombuey. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03188/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento interno del Programa Colaborativo Rural "Nijata"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valencia del Mombuey
Anuncio 3188/2024
minutos se considera falta Grave.
El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada,
El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades formativas
como en el trabajo propio del Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural
"Nijata"".
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal y E.P.I, del que disponen para el desarrollo de
su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los 30 minutos de descanso).
La no presentación en tiempo oportuno (tres días hábiles) de los justificantes, salvo que se pruebe la
imposibilidad de hacerlo.
Permanecer en la puerta de los Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural
"Nijata"" en horario de trabajo.
Fumar en zonas/ horarios no permitidos: aulas, pasillos y servicios.
Introducir en el Centro de trabajo a personas ajenas al Programa de Formación y Empleo "Programa
Colaborativo Rural "Nijata""
A.2.- Faltas graves:
Haber sido sancionado por cuatro faltas leves, a excepción de la falta de puntualidad (que a partir de
los treinta minutos se considera falta grave).
La falta de obediencia y/o respeto debido a monitores/profesores y demás personal del Programa de
Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"".
La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de trabajo y formación.
El ataque a la integridad física y moral de los compañeros y compañeras y en general, mantener
conductas antisociales y/o violentas durante la jornada laboral.
El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo.
La simulación de enfermedad o accidente.
La ausencia al trabajo sin justificar de 3 faltas durante un periodo de 30 días.
Faltas de hurto, robo, tanto a los trabajadores como al Programa de Formación y Empleo "Programa
Colaborativo Rural "Nijata""
En este sentido se ponderará y valorará la gravedad del hecho por el Equipo Formativo del Programa
de Formación, así como a cualquier personal dentro o fuera del Centro en cualquier actividad
desarrollada por el Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata""
Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y herramientas.
La falta reiterada (2 faltas leves) de rendimiento intencionado que afecte al normal desenvolvimiento
del Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata""
El uso inadecuado/sin autorización de cualquier medio de transporte durante la jornada laboral.
La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a distraer la atención de
los alumnos-trabajadores durante el horario del trabajo y formación.
A.3.- Faltas muy graves:
Tres faltas graves de puntualidad sin causa justificada en el plazo de 30 días.
El incumplimiento culpable o manifiesta insubordinación respecto de las órdenes impartidas por los
superiores en el ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
La notaria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
Haber sido sancionada en más de una ocasión por incurrir en falta grave.
Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal estado durante el
horario del mismo.
La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos propios de los Programa de
Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"" que puedan ocasionar daños materiales y
poner en peligro la seguridad propia o ajena.
La rotura y/o destrucción intencionada de maquinarias, herramientas, materiales e instalaciones del
Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"".
Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser calificado
como tal.
B) Sanciones:
Atendiendo a la gravedad de la falta cometida, se sancionará del modo siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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minutos se considera falta Grave.
El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada,
El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades formativas
como en el trabajo propio del Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural
"Nijata"".
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal y E.P.I, del que disponen para el desarrollo de
su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los 30 minutos de descanso).
La no presentación en tiempo oportuno (tres días hábiles) de los justificantes, salvo que se pruebe la
imposibilidad de hacerlo.
Permanecer en la puerta de los Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural
"Nijata"" en horario de trabajo.
Fumar en zonas/ horarios no permitidos: aulas, pasillos y servicios.
Introducir en el Centro de trabajo a personas ajenas al Programa de Formación y Empleo "Programa
Colaborativo Rural "Nijata""
A.2.- Faltas graves:
Haber sido sancionado por cuatro faltas leves, a excepción de la falta de puntualidad (que a partir de
los treinta minutos se considera falta grave).
La falta de obediencia y/o respeto debido a monitores/profesores y demás personal del Programa de
Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"".
La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de trabajo y formación.
El ataque a la integridad física y moral de los compañeros y compañeras y en general, mantener
conductas antisociales y/o violentas durante la jornada laboral.
El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo.
La simulación de enfermedad o accidente.
La ausencia al trabajo sin justificar de 3 faltas durante un periodo de 30 días.
Faltas de hurto, robo, tanto a los trabajadores como al Programa de Formación y Empleo "Programa
Colaborativo Rural "Nijata""
En este sentido se ponderará y valorará la gravedad del hecho por el Equipo Formativo del Programa
de Formación, así como a cualquier personal dentro o fuera del Centro en cualquier actividad
desarrollada por el Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata""
Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y herramientas.
La falta reiterada (2 faltas leves) de rendimiento intencionado que afecte al normal desenvolvimiento
del Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata""
El uso inadecuado/sin autorización de cualquier medio de transporte durante la jornada laboral.
La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a distraer la atención de
los alumnos-trabajadores durante el horario del trabajo y formación.
A.3.- Faltas muy graves:
Tres faltas graves de puntualidad sin causa justificada en el plazo de 30 días.
El incumplimiento culpable o manifiesta insubordinación respecto de las órdenes impartidas por los
superiores en el ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
La notaria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
Haber sido sancionada en más de una ocasión por incurrir en falta grave.
Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal estado durante el
horario del mismo.
La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos propios de los Programa de
Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"" que puedan ocasionar daños materiales y
poner en peligro la seguridad propia o ajena.
La rotura y/o destrucción intencionada de maquinarias, herramientas, materiales e instalaciones del
Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"".
Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser calificado
como tal.
B) Sanciones:
Atendiendo a la gravedad de la falta cometida, se sancionará del modo siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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