Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03181/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento para la creación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero

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OBJETIVOS DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE TORRE DE MIGUEL SESMERO.
4.1.- Configurar una estructura dirigida por la Corporación Municipal, sobre la base de los recursos públicos y a la
colaboración de entidades privadas y de los ciudadanos, para el estudio y prevención de situaciones de grave riesgo
colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como, colaborar en la protección y socorro de las personas y los bienes cuando
dichas situaciones se produzcan.
4.2.- Colaborar para garantizar la coordinación preventiva y operativa, mediante la participación en la realización de
actividades que permitan evitar las situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, reducir sus efectos,
reparar los daños y, en su caso, contribuir a corregir las causas productoras de los mismos.
4.3.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil podrá ser utilizada como apoyo auxiliar en tareas preventivas y de
intervención, en situaciones de emergencia, como accidentes o siniestros, siempre bajo la supervisión y mando del
responsable del operativo preventivo o de intervención.
4.4.- Participar en los operativos preventivos en los diferentes eventos y actividades públicas o privadas, que desarrollados
en espacios o edificios públicos requieran de su participación.
Esta participación se entenderá siempre dentro de la capacidad y disponibilidad de recursos de la Agrupación, no
suponiendo este párrafo la generación de obligación alguna, sobre todo respecto de aquellos eventos o actividades de
titularidad privada.
4.5.- La formación del ciudadano en materia de protección civil mediante los planes formativos específicos que se
establezcan desde el Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, de la Junta de Extremadura y otros órganos.
RÉGIMEN JURÍDICO.
5.1.- La organización y el funcionamiento de la Agrupación se regirá por lo establecido en el presente Reglamento, así como
por lo establecido en la legislación vigente y en particular en las siguientes normas:
Ley 17/15, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local modificada por Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
Ley 1/1998, de 5 de febrero, reguladora del Voluntariado Social en Extremadura.
Decreto 43/2009, de 6 de marzo, por el que se regula el estatuto del voluntariado social extremeño,
modificado por el Decreto 160/2016, de 27 de septiembre.
Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Decreto 100/2021, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el estatuto del voluntariado de protección civil y
emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5.2.- El Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero estará obligado a adecuar el presente Reglamento a cualquier norma de
ámbito nacional o autonómico que regule materias relacionadas con el presente Reglamento.
RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN Y CESE DE LOS VOLUNTARIOS EN LA AGRUPACIÓN.
6. Incorporación.
6.1.- La colaboración voluntaria y por tiempo determinado de los ciudadanos a la protección civil municipal se llevará a cabo
mediante la incorporación de los mismos a la Agrupación en los términos previstos en el presente Reglamento.
6.2.- La constitución y actualización de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil deberá ser aprobada por el Alcalde o,
en su caso, por el Concejal Delegado.
6.3.- La adopción del acuerdo de creación y disolución de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil corresponderá al
Pleno del Ayuntamiento.
7. Naturaleza de la relación jurídica.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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