Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03155/2024)
Resolución de la undécima convocatoria del Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos Reintegrables a entidades locales de la provincia
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
Anuncio 3155/2024
aprobación definitiva del presupuesto 2024 o en su defecto, la cancelación de las operaciones de tesorería preexistentes, en
el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la presente convocatoria.
Quinto.- Las solicitudes de anticipos reintegrables destinados a financiar préstamos de mandato, de los Ayuntamientos de
Arroyo de San Serván (Línea 1.1 a reintegrar en 35 meses), Campanario (Línea 1.2 a reintegrar en 36 meses) y Siruela (Linea
1.1 a reintegrar en 36 meses), solicitan un plazo a reintegrar superior al máximo posible, puesto que el plazo para
amortizarlo es hasta mayo de 2027, siendo por tanto el tiempo máximo para reintegrar de 34 meses.
Sexto.- El total máximo de anticipos autorizables asciende a 8.506.883,45€, importe superior al crédito disponible y ofrecido
en la convocatoria cuyo importe es de 5.000.000,00 €. Por tanto, se hace necesario practicar los ajustes de acuerdo a la Base
9ª. Su resultado se incorpora en columna "A prestar según fórmula".
Séptimo.- En la resolución debe advertirse a las entidades beneficiarias la obligación de destinar los fondos al objeto propio
y certificar dicho extremo en el plazo de 6 meses desde el pago, conforme al anexo V de la convocatoria. Este plazo será de
18 meses para el caso de créditos destinados a inversiones.
Octavo.- En la resolución debe advertirse a las entidades beneficiarias la obligación de destinar los fondos al objeto propio y
certificar dicho extremo en el plazo de 6 meses desde el pago, conforme al anexo V de la convocatoria. Este plazo será de 18
meses para el caso de créditos destinados a inversiones.
Noveno.- La resolución correspondiente será objeto de publicación en el BOP, surtiendo la misma los propios efectos de la
notificación, conforme a la base 11.ª.
Décimo.- Estimar las solicitudes de acuerdo con la relación y cuadro de detalle que sigue, considerando que se realicen los
pagos en el mes de julio 2024:
Municipio
Línea
Solicitud
M/T
Ant. OAR
(anual)
Límites
Máx. prestar
A prestar
según fórmula
N.º
cuotas
M/T
Importe
1.ª cuota
Última cuota
2
230.000,00
M
1.238.642,73
12.386.427,30
230.000,00
135.184,64
120
1.126,54
Agosto 2024
Julio - 2034
1.1
300.000,00
M
642.508,57
1.863.274,85
300.000,00
176.327,79
34
5.186,11
Agosto 2024
Mayo 2027
Azuaga
4
800.000,00
M
1.813.930,96
906.965,48
800.000,00
470.207,45
12
39.183,95
Agosto 2024
Julio - 2025
Berlanga
4
500.000,00
M
694.811,92
347.405,96
347.405,96
204.191,09
12
17.015,92
Agosto 2024
Julio - 2025
Berlanga
3
191.431,90
M
694.811,92
6.948.119,20
191.431,90
112.515,88
120
937,63
Agosto 2024
Julio - 2034
Calamonte
3
800.000,00
M
841.551,68
8.415.516,80
800.000,00
470.207,45
120
3.918,40
Agosto 2024
Julio - 2034
Campanario
1.2
251.699,00
M
769.082,74
2.230.339,95
251.699,00
147.938,43
34
4.351,13
Agosto 2024
Mayo 2027
Capilla
2
127.226,47
M
281.883,68
2.818.836,80
127.226,47
74.778,54
120
623,15
Agosto 2024
Julio - 2034
Casas de Don Pedro
2
600.000,00
M
600.332,33
6.003.323,30
600.000,00
352.655,59
120
2.938,80
Agosto 2024
Julio - 2034
Castilblanco
4
75.000,00
M
253.963,23
126.981,62
75.000,00
44.081,95
12
3.673,50
Agosto 2024
Julio - 2025
Fuente del Arco
4
90.278,24
M
194.003,68
97.001,84
90.278,24
53.061,88
12
4.421,82
Agosto 2024
Julio - 2025
Herrera del Duque
2
412.965,84
M
970.513,53
9.705.135,30
412.965,84
242.724,52
120
2.022,70
Agosto 2024
Julio - 2034
La Coronavda
4
136.000,00
M
184.828,60
92.414,30
92.414,30
54.317,37
12
4.526,45
Agosto 2024
Julio - 2025
Llerena
2
350.000,00
M
1.421.203,47
14.212.034,70
350.000,00
205.715,76
120
1.714,30
Agosto 2024
Julio - 2034
Maguilla
4
80.000,00
M
221.633,27
110.816,64
80.000,00
47.020,75
12
3.918,40
Agosto 2024
Julio - 2025
Aceuchal
Arroyo de San
Serván
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Anuncio 3155/2024
aprobación definitiva del presupuesto 2024 o en su defecto, la cancelación de las operaciones de tesorería preexistentes, en
el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la presente convocatoria.
Quinto.- Las solicitudes de anticipos reintegrables destinados a financiar préstamos de mandato, de los Ayuntamientos de
Arroyo de San Serván (Línea 1.1 a reintegrar en 35 meses), Campanario (Línea 1.2 a reintegrar en 36 meses) y Siruela (Linea
1.1 a reintegrar en 36 meses), solicitan un plazo a reintegrar superior al máximo posible, puesto que el plazo para
amortizarlo es hasta mayo de 2027, siendo por tanto el tiempo máximo para reintegrar de 34 meses.
Sexto.- El total máximo de anticipos autorizables asciende a 8.506.883,45€, importe superior al crédito disponible y ofrecido
en la convocatoria cuyo importe es de 5.000.000,00 €. Por tanto, se hace necesario practicar los ajustes de acuerdo a la Base
9ª. Su resultado se incorpora en columna "A prestar según fórmula".
Séptimo.- En la resolución debe advertirse a las entidades beneficiarias la obligación de destinar los fondos al objeto propio
y certificar dicho extremo en el plazo de 6 meses desde el pago, conforme al anexo V de la convocatoria. Este plazo será de
18 meses para el caso de créditos destinados a inversiones.
Octavo.- En la resolución debe advertirse a las entidades beneficiarias la obligación de destinar los fondos al objeto propio y
certificar dicho extremo en el plazo de 6 meses desde el pago, conforme al anexo V de la convocatoria. Este plazo será de 18
meses para el caso de créditos destinados a inversiones.
Noveno.- La resolución correspondiente será objeto de publicación en el BOP, surtiendo la misma los propios efectos de la
notificación, conforme a la base 11.ª.
Décimo.- Estimar las solicitudes de acuerdo con la relación y cuadro de detalle que sigue, considerando que se realicen los
pagos en el mes de julio 2024:
Municipio
Línea
Solicitud
M/T
Ant. OAR
(anual)
Límites
Máx. prestar
A prestar
según fórmula
N.º
cuotas
M/T
Importe
1.ª cuota
Última cuota
2
230.000,00
M
1.238.642,73
12.386.427,30
230.000,00
135.184,64
120
1.126,54
Agosto 2024
Julio - 2034
1.1
300.000,00
M
642.508,57
1.863.274,85
300.000,00
176.327,79
34
5.186,11
Agosto 2024
Mayo 2027
Azuaga
4
800.000,00
M
1.813.930,96
906.965,48
800.000,00
470.207,45
12
39.183,95
Agosto 2024
Julio - 2025
Berlanga
4
500.000,00
M
694.811,92
347.405,96
347.405,96
204.191,09
12
17.015,92
Agosto 2024
Julio - 2025
Berlanga
3
191.431,90
M
694.811,92
6.948.119,20
191.431,90
112.515,88
120
937,63
Agosto 2024
Julio - 2034
Calamonte
3
800.000,00
M
841.551,68
8.415.516,80
800.000,00
470.207,45
120
3.918,40
Agosto 2024
Julio - 2034
Campanario
1.2
251.699,00
M
769.082,74
2.230.339,95
251.699,00
147.938,43
34
4.351,13
Agosto 2024
Mayo 2027
Capilla
2
127.226,47
M
281.883,68
2.818.836,80
127.226,47
74.778,54
120
623,15
Agosto 2024
Julio - 2034
Casas de Don Pedro
2
600.000,00
M
600.332,33
6.003.323,30
600.000,00
352.655,59
120
2.938,80
Agosto 2024
Julio - 2034
Castilblanco
4
75.000,00
M
253.963,23
126.981,62
75.000,00
44.081,95
12
3.673,50
Agosto 2024
Julio - 2025
Fuente del Arco
4
90.278,24
M
194.003,68
97.001,84
90.278,24
53.061,88
12
4.421,82
Agosto 2024
Julio - 2025
Herrera del Duque
2
412.965,84
M
970.513,53
9.705.135,30
412.965,84
242.724,52
120
2.022,70
Agosto 2024
Julio - 2034
La Coronavda
4
136.000,00
M
184.828,60
92.414,30
92.414,30
54.317,37
12
4.526,45
Agosto 2024
Julio - 2025
Llerena
2
350.000,00
M
1.421.203,47
14.212.034,70
350.000,00
205.715,76
120
1.714,30
Agosto 2024
Julio - 2034
Maguilla
4
80.000,00
M
221.633,27
110.816,64
80.000,00
47.020,75
12
3.918,40
Agosto 2024
Julio - 2025
Aceuchal
Arroyo de San
Serván
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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