Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. (02981/2024)
Extracto de las bases reguladoras y convocatoria del programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales para el año 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Zafra
Anuncio 2981/2024
beneficiarios, de una ayuda para Suministros Mínimos Vitales concedida en los dos años
anteriores a la presentación de la solicitud.
5.- Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y
durante la percepción de la misma.
6.- Las ayudas solo podrán concederse a uno de los miembros de la unidad de convivencia dentro de cada
año natural.
7.- Esta ayuda será compatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o
privadas que tengan la misma finalidad.
8.- A los solos efectos del suministro eléctrico, los requisitos establecidos no serán exigidos a las personas
beneficiarias del bono social consideradas vulnerables severas.
9.- Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de convivencia y sea
coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del suministro.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. Permanecerá abierto desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz y hasta el día 1 de diciembre de 2024.
2. Todas las solicitudes de ayudas que reúnan los requisitos establecidos serán resueltas favorablemente
hasta agotar el crédito destinado.
Sexto. Documentación que debe acompañar a las solicitudes.
1. Formulario de solicitud (anexo I) y alta a terceros del Ayuntamiento de Zafra, y documento de endoso
debidamente cumplimentados, además de copias de las facturas de suministros, así como de las deudas
correspondientes a gastos de agua, gastos de alta y reconexión, gas natural y gas propano. Las facturas de
gas butano serán acreditativas del gasto.
2. Los interesados deberán aportar copia de los siguientes documentos:
a) DNI.
b) Documento de identidad o pasaporte en vigor de su Estado.
c) Tarjeta de residencia en vigor.
d) Informe de vida laboral actualizado de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
16 años.
e) Certificado de empadronamiento colectivo histórico o con fechas.
f) Certificado de pensiones, positivo o negativo, emitido por el INSS.
g) En el caso de ser o haber sido perceptor de alguna prestación pública en los tres meses
inmediatamente anteriores a la techa de solicitud, certificado emitido por la entidad pagadora
de la prestación.
h) Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, positivo o negativo, emitido por el
SEPE.
i) Certificado positivo o negativo de ser perceptor de Renta Extremeña Garantizada.
3. Documentación de los ingresos percibidos por todos los miembros de la unidad de convivencia en los tres
meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
4. Copia compulsada de resolución de reconocimiento de discapacidad igual o superior al 65%.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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beneficiarios, de una ayuda para Suministros Mínimos Vitales concedida en los dos años
anteriores a la presentación de la solicitud.
5.- Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y
durante la percepción de la misma.
6.- Las ayudas solo podrán concederse a uno de los miembros de la unidad de convivencia dentro de cada
año natural.
7.- Esta ayuda será compatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o
privadas que tengan la misma finalidad.
8.- A los solos efectos del suministro eléctrico, los requisitos establecidos no serán exigidos a las personas
beneficiarias del bono social consideradas vulnerables severas.
9.- Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de convivencia y sea
coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del suministro.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. Permanecerá abierto desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz y hasta el día 1 de diciembre de 2024.
2. Todas las solicitudes de ayudas que reúnan los requisitos establecidos serán resueltas favorablemente
hasta agotar el crédito destinado.
Sexto. Documentación que debe acompañar a las solicitudes.
1. Formulario de solicitud (anexo I) y alta a terceros del Ayuntamiento de Zafra, y documento de endoso
debidamente cumplimentados, además de copias de las facturas de suministros, así como de las deudas
correspondientes a gastos de agua, gastos de alta y reconexión, gas natural y gas propano. Las facturas de
gas butano serán acreditativas del gasto.
2. Los interesados deberán aportar copia de los siguientes documentos:
a) DNI.
b) Documento de identidad o pasaporte en vigor de su Estado.
c) Tarjeta de residencia en vigor.
d) Informe de vida laboral actualizado de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
16 años.
e) Certificado de empadronamiento colectivo histórico o con fechas.
f) Certificado de pensiones, positivo o negativo, emitido por el INSS.
g) En el caso de ser o haber sido perceptor de alguna prestación pública en los tres meses
inmediatamente anteriores a la techa de solicitud, certificado emitido por la entidad pagadora
de la prestación.
h) Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, positivo o negativo, emitido por el
SEPE.
i) Certificado positivo o negativo de ser perceptor de Renta Extremeña Garantizada.
3. Documentación de los ingresos percibidos por todos los miembros de la unidad de convivencia en los tres
meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
4. Copia compulsada de resolución de reconocimiento de discapacidad igual o superior al 65%.
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