Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. (03040/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de compras
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Peñalsordo
Anuncio 3040/2024
d) Verificar que los proveedores se ajusten en cantidad, calidad, precio y tiempo de entrega de los bienes y
servicios ofrecidos.
e) Llevar un registro de las garantías que por los bienes y servicios adquiera el Ayuntamiento, así como del
cumplimiento de las garantías ofrecidas.
f) Dar traslado a Secretaría de las adquisiciones que deban ser inscritas en el inventario municipal.
g) Análisis estadístico de los consumos producidos y estudio permanente de reducción de costes.
h) Rendir cuentas a la Concejalía de Economía a través de un informe anual de actividad.
i) Las demás derivadas de su propia naturaleza, de conformidad con lo establecido en el presente
Reglamento.
Artículo 5.º
Las adquisiciones o compras se efectuarán procurando satisfacer en forma rápida y oportuna la necesidad de que se trata y
salvaguardando los intereses municipales en cuanto a adquirir los productos y servicios de menor importe, debiendo tener
en cuenta no solo los aspectos relativos al precio en sí, tales como descuentos, rappels, gastos de envases y embalajes,
gastos de transporte y seguro o forma de pago, sino también, atendiendo a la calidad y características técnicas, instalación y
montaje, tiempo de garantía, repuestos y servicios postventa, plazo de entrega y otros servicios.
Los compromisos de gasto que la Oficina de Compras tramite para realizar las mismas, deberán contar con la oportuna
consignación en los presupuestos municipales.
Artículo 6.º
Con el fin de elaborar el plan anual de adquisiciones, y previo a la elaboración de los presupuestos municipales del año
siguiente, la Oficina de Compras solicitará a las diferentes dependencias municipales (unidades gestoras) información sobre
los requerimientos de bienes y servicios específicos necesarios para sus actividades con expresión del coste total previsto.
Para aquellos gastos periódicos mensuales de pequeña cuantía, entre ellos los de oficina, podrá habilitarse desde la
Intervención Municipal una retención de crédito periódica con el fin de agilizar los trámites de aprovisionamiento.
Artículo 7.º
Cada dependencia municipal (unidad gestora) presentará formalmente a la Oficina de Compras la solicitud de bienes a
través de una propuesta de gasto (según modelo anexo I) que contará con las especificaciones necesarias para iniciar el
proceso de adquisición y procediéndose como a continuación se detalla:
Los responsables de las dependencias municipales (unidades gestoras), emitirán la correspondiente propuesta de gasto
autorizada por los mismos y el Concejal del área.
Dicha propuesta de gasto deberá describir las características de los bienes y/o servicios requeridos, consignando la calidad
exigida y en su caso las normas cualitativas que deban cumplir.
Deberá fundamentarse por parte de la dependencia municipal (unidad gestora) respectiva el plazo de entrega deseado y, si
existieran, las razones de urgencia que la motivan, presentando la propuesta de gasto para su trámite con una antelación
suficiente y nunca inferior a quince días.
La dependencia municipal (unidad gestora) deberá asimismo indicar la ubicación física que tendrá cada bien a adquirir.
La Oficina de Compras remitirá a la unidad gestora que corresponda, dentro del día hábil siguiente a su presentación, las
propuestas de gasto que se hallen incompletas o defectuosas, haciendo constar la razón por la cual se devuelven, así como
aquéllas que no cuenten con la consignación presupuestaria suficiente.
Cuando, por cualquier circunstancia, no se pueda continuar con un proceso iniciado, la Oficina de Compras contará con un
plazo no mayor de tres días hábiles, contados a partir del momento en que se compruebe el impedimento para notificar la
incidencia a la dependencia municipal que corresponda.
La Oficina de Compras deberá comprobar en primer lugar si existiesen stocks de las mercancías solicitadas. En caso
afirmativo, comunicará a la unidad gestora solicitante las instrucciones para la retirada de dicha mercancía, debiendo firmar
el responsable de la Unidad Gestora una hoja de recepción de la misma una vez que el Encargado de almacén le haga llegar
el pedido.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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d) Verificar que los proveedores se ajusten en cantidad, calidad, precio y tiempo de entrega de los bienes y
servicios ofrecidos.
e) Llevar un registro de las garantías que por los bienes y servicios adquiera el Ayuntamiento, así como del
cumplimiento de las garantías ofrecidas.
f) Dar traslado a Secretaría de las adquisiciones que deban ser inscritas en el inventario municipal.
g) Análisis estadístico de los consumos producidos y estudio permanente de reducción de costes.
h) Rendir cuentas a la Concejalía de Economía a través de un informe anual de actividad.
i) Las demás derivadas de su propia naturaleza, de conformidad con lo establecido en el presente
Reglamento.
Artículo 5.º
Las adquisiciones o compras se efectuarán procurando satisfacer en forma rápida y oportuna la necesidad de que se trata y
salvaguardando los intereses municipales en cuanto a adquirir los productos y servicios de menor importe, debiendo tener
en cuenta no solo los aspectos relativos al precio en sí, tales como descuentos, rappels, gastos de envases y embalajes,
gastos de transporte y seguro o forma de pago, sino también, atendiendo a la calidad y características técnicas, instalación y
montaje, tiempo de garantía, repuestos y servicios postventa, plazo de entrega y otros servicios.
Los compromisos de gasto que la Oficina de Compras tramite para realizar las mismas, deberán contar con la oportuna
consignación en los presupuestos municipales.
Artículo 6.º
Con el fin de elaborar el plan anual de adquisiciones, y previo a la elaboración de los presupuestos municipales del año
siguiente, la Oficina de Compras solicitará a las diferentes dependencias municipales (unidades gestoras) información sobre
los requerimientos de bienes y servicios específicos necesarios para sus actividades con expresión del coste total previsto.
Para aquellos gastos periódicos mensuales de pequeña cuantía, entre ellos los de oficina, podrá habilitarse desde la
Intervención Municipal una retención de crédito periódica con el fin de agilizar los trámites de aprovisionamiento.
Artículo 7.º
Cada dependencia municipal (unidad gestora) presentará formalmente a la Oficina de Compras la solicitud de bienes a
través de una propuesta de gasto (según modelo anexo I) que contará con las especificaciones necesarias para iniciar el
proceso de adquisición y procediéndose como a continuación se detalla:
Los responsables de las dependencias municipales (unidades gestoras), emitirán la correspondiente propuesta de gasto
autorizada por los mismos y el Concejal del área.
Dicha propuesta de gasto deberá describir las características de los bienes y/o servicios requeridos, consignando la calidad
exigida y en su caso las normas cualitativas que deban cumplir.
Deberá fundamentarse por parte de la dependencia municipal (unidad gestora) respectiva el plazo de entrega deseado y, si
existieran, las razones de urgencia que la motivan, presentando la propuesta de gasto para su trámite con una antelación
suficiente y nunca inferior a quince días.
La dependencia municipal (unidad gestora) deberá asimismo indicar la ubicación física que tendrá cada bien a adquirir.
La Oficina de Compras remitirá a la unidad gestora que corresponda, dentro del día hábil siguiente a su presentación, las
propuestas de gasto que se hallen incompletas o defectuosas, haciendo constar la razón por la cual se devuelven, así como
aquéllas que no cuenten con la consignación presupuestaria suficiente.
Cuando, por cualquier circunstancia, no se pueda continuar con un proceso iniciado, la Oficina de Compras contará con un
plazo no mayor de tres días hábiles, contados a partir del momento en que se compruebe el impedimento para notificar la
incidencia a la dependencia municipal que corresponda.
La Oficina de Compras deberá comprobar en primer lugar si existiesen stocks de las mercancías solicitadas. En caso
afirmativo, comunicará a la unidad gestora solicitante las instrucciones para la retirada de dicha mercancía, debiendo firmar
el responsable de la Unidad Gestora una hoja de recepción de la misma una vez que el Encargado de almacén le haga llegar
el pedido.
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