Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (02945/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Calamonte
Anuncio 2945/2024
circular por el arcén de su derecha o, en las circunstancias a que se refiere este apartado, por la parte
imprescindible de la calzada el conductor de motocicletas, de turismos y de camiones con masa máxima
autorizada, que no exceda de la que reglamentariamente se determine, que, por razones de emergencia,
lo haga a velocidad anormalmente reducida, perturbando con ello gravemente la circulación. No obstante
lo dispuesto en los párrafos anteriores, el conductor de bicicleta podrá superar la velocidad máxima
fijada reglamentariamente para estos vehículos en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía
aconsejen desarrollar una velocidad superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que
necesite, especialmente en descensos prolongados con curvas.
2. Se prohíbe que los vehículos relacionados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo
las bicicletas y ciclomotores de dos ruedas, en los términos que reglamentariamente se determine
atendiendo a las circunstancias de la vía o a la peligrosidad del tráfico.
Artículo 15. Supuestos especiales del sentido de la circulación.
1. Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, o por motivos medioambientales,
se podrá ordenar por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial
de acceso a partes de la vía, bien con carácter general o para determinados vehículos, el cierre de
determinadas vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos, o la utilización de arcenes o
carriles en sentido opuesto al normalmente previsto.
2. Para evitar entorpecimiento a la circulación y garantizar la fluidez de la misma, se podrán imponer
restricciones o limitaciones a determinados vehículos y para vías concretas, que serán obligatorias para
los usuarios afectados.
3. Queda prohibido el tránsito por todo el casco urbano de Calamonte de toda clase de vehículos de
mercancías peligrosa. Para aquellos vehículos cargados con tales mercancías, que tengan la necesidad de
circular por Calamonte como zona de paso, lo harán por otra vía alternativa.
Queda excluido de esta prohibición, todos aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas, que
tengan como operación necesaria la carta o descarga de la citada mercancía para fines sanitarios,
industriales, comerciales o los destinados para el consumo. Los agentes de la Policía Local adoptarán las
medidas oportunas tendentes a que se lleve a efecto lo establecido en el presente artículo, desviando y
encauzando la circulación de estos vehículos por los itinerarios que se consideren más idóneos en cada
momento, tanto desde el punto de vista de la seguridad vial como desde el de la fluidez del tráfico.
Capítulo III. De la señalización y tramitación de reserva de estacionamiento en la vía pública
Artículo 16. Objeto y características generales.
1. Se entiende como reserva de estacionamiento en la vía pública la señalización de un espacio en el que
se prohíbe el estacionamiento de vehículos en determinado período temporal, permitiéndose
exclusivamente algunas excepciones a vehículos determinados por la concesión de la reserva en función
y relación con el objeto de la reserva.
2. Las reservas estará señalizadas mediante la señal R-308 prohibido el estacionamiento con "P" de
reserva) y marcas viales reglamentarias, salvo en los casos singulares que se expresan en esta Ordenanza
en que se adoptan otro tipo de señales. En las reservas queda prohibido exclusivamente el
estacionamiento de vehículos no autorizados durante los días y horas señalizados, salvo que no figure
ningún horario, en cuyo caso se entenderán "Permanentes".
Artículo 17. Tipos y clases de reservas.
1. Reservas de espacio para obras: las personas o entidades que tengan licencia municipal de obras, para
cuya realización sea necesaria la prohibición de estacionamiento a terceros con objeto de facilitar la carga
y descarga de materiales o de conseguir protección ante la caída de obstáculos, etc., solicitarán la reserva
a la Alcaldía por registro General. Las reservas de este tipo se concederán tras informe de la Policía Local
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 8 de 23
Anuncio 2945/2024
circular por el arcén de su derecha o, en las circunstancias a que se refiere este apartado, por la parte
imprescindible de la calzada el conductor de motocicletas, de turismos y de camiones con masa máxima
autorizada, que no exceda de la que reglamentariamente se determine, que, por razones de emergencia,
lo haga a velocidad anormalmente reducida, perturbando con ello gravemente la circulación. No obstante
lo dispuesto en los párrafos anteriores, el conductor de bicicleta podrá superar la velocidad máxima
fijada reglamentariamente para estos vehículos en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía
aconsejen desarrollar una velocidad superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que
necesite, especialmente en descensos prolongados con curvas.
2. Se prohíbe que los vehículos relacionados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo
las bicicletas y ciclomotores de dos ruedas, en los términos que reglamentariamente se determine
atendiendo a las circunstancias de la vía o a la peligrosidad del tráfico.
Artículo 15. Supuestos especiales del sentido de la circulación.
1. Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, o por motivos medioambientales,
se podrá ordenar por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial
de acceso a partes de la vía, bien con carácter general o para determinados vehículos, el cierre de
determinadas vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos, o la utilización de arcenes o
carriles en sentido opuesto al normalmente previsto.
2. Para evitar entorpecimiento a la circulación y garantizar la fluidez de la misma, se podrán imponer
restricciones o limitaciones a determinados vehículos y para vías concretas, que serán obligatorias para
los usuarios afectados.
3. Queda prohibido el tránsito por todo el casco urbano de Calamonte de toda clase de vehículos de
mercancías peligrosa. Para aquellos vehículos cargados con tales mercancías, que tengan la necesidad de
circular por Calamonte como zona de paso, lo harán por otra vía alternativa.
Queda excluido de esta prohibición, todos aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas, que
tengan como operación necesaria la carta o descarga de la citada mercancía para fines sanitarios,
industriales, comerciales o los destinados para el consumo. Los agentes de la Policía Local adoptarán las
medidas oportunas tendentes a que se lleve a efecto lo establecido en el presente artículo, desviando y
encauzando la circulación de estos vehículos por los itinerarios que se consideren más idóneos en cada
momento, tanto desde el punto de vista de la seguridad vial como desde el de la fluidez del tráfico.
Capítulo III. De la señalización y tramitación de reserva de estacionamiento en la vía pública
Artículo 16. Objeto y características generales.
1. Se entiende como reserva de estacionamiento en la vía pública la señalización de un espacio en el que
se prohíbe el estacionamiento de vehículos en determinado período temporal, permitiéndose
exclusivamente algunas excepciones a vehículos determinados por la concesión de la reserva en función
y relación con el objeto de la reserva.
2. Las reservas estará señalizadas mediante la señal R-308 prohibido el estacionamiento con "P" de
reserva) y marcas viales reglamentarias, salvo en los casos singulares que se expresan en esta Ordenanza
en que se adoptan otro tipo de señales. En las reservas queda prohibido exclusivamente el
estacionamiento de vehículos no autorizados durante los días y horas señalizados, salvo que no figure
ningún horario, en cuyo caso se entenderán "Permanentes".
Artículo 17. Tipos y clases de reservas.
1. Reservas de espacio para obras: las personas o entidades que tengan licencia municipal de obras, para
cuya realización sea necesaria la prohibición de estacionamiento a terceros con objeto de facilitar la carga
y descarga de materiales o de conseguir protección ante la caída de obstáculos, etc., solicitarán la reserva
a la Alcaldía por registro General. Las reservas de este tipo se concederán tras informe de la Policía Local
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 8 de 23