Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02893/2024)
Reglamento colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Albuera
Anuncio 2893/2024
- La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de trabajo y formación
y/o los manifiestos síntomas de intoxicación.
- El ataque a la integridad física y moral de los compañeros y compañeras y en general,
mantener conductas anti-sociales y/o violentas durante la jornada laboral.
- El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- Una falta de asistencia al trabajo sin causa justificada.
- Faltas de hurto, robo, tanto a los trabajadores como al Programa de Formación y Empleo
"Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera". En este sentido se ponderará y valorará la
gravedad del hecho por el Equipo Formativo del Programa de Formación, así como a cualquier
personal dentro o fuera del centro en cualquier actividad desarrollada por el Programa de
Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera".
- Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
- Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y herramientas.
- La falta reiterada (3 faltas leves) de rendimiento intencionado que afecte al normal
desenvolvimiento del Programa de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo
Degustalbuera".
- La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o
materiales.
- El uso inadecuado sin autorización de cualquier medio de transporte durante la jornada
laboral.
- La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a distraer la
atención de los alumnos trabajadores durante el horario de trabajo y formación.
- Promover una imagen negativa del programa de formación.
- Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser
calificado como tal.
A.3.- Faltas muy graves:
- Tres faltas graves de puntualidad sin causa justificada en el plazo de 30 días. El plazo
comienza a contar a partir de la primera falta.
- El incumplimiento, manifiesta o insubordinación, respecto de las órdenes impartidas por los
superiores en el ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
- El maltrato verbal o físico o falta grave de respeto y consideración tanto a los compañeros
como al equipo docente o cualquier otra persona participante en el programa.
- La notaria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
- Haber sido sancionado/a en más de una ocasión por incurrir en falta grave.
- Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal estado
durante el horario del mismo.
- La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos propios de los
Programa de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera" que puedan
ocasionar daños materiales y poner en peligro la seguridad propia o ajena.
- La rotura y/o destrucción intencionada de maquinarias, herramientas, materiales e
instalaciones del Programa de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de trabajo y formación
y/o los manifiestos síntomas de intoxicación.
- El ataque a la integridad física y moral de los compañeros y compañeras y en general,
mantener conductas anti-sociales y/o violentas durante la jornada laboral.
- El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- Una falta de asistencia al trabajo sin causa justificada.
- Faltas de hurto, robo, tanto a los trabajadores como al Programa de Formación y Empleo
"Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera". En este sentido se ponderará y valorará la
gravedad del hecho por el Equipo Formativo del Programa de Formación, así como a cualquier
personal dentro o fuera del centro en cualquier actividad desarrollada por el Programa de
Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera".
- Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
- Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y herramientas.
- La falta reiterada (3 faltas leves) de rendimiento intencionado que afecte al normal
desenvolvimiento del Programa de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo
Degustalbuera".
- La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o
materiales.
- El uso inadecuado sin autorización de cualquier medio de transporte durante la jornada
laboral.
- La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a distraer la
atención de los alumnos trabajadores durante el horario de trabajo y formación.
- Promover una imagen negativa del programa de formación.
- Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser
calificado como tal.
A.3.- Faltas muy graves:
- Tres faltas graves de puntualidad sin causa justificada en el plazo de 30 días. El plazo
comienza a contar a partir de la primera falta.
- El incumplimiento, manifiesta o insubordinación, respecto de las órdenes impartidas por los
superiores en el ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
- El maltrato verbal o físico o falta grave de respeto y consideración tanto a los compañeros
como al equipo docente o cualquier otra persona participante en el programa.
- La notaria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
- Haber sido sancionado/a en más de una ocasión por incurrir en falta grave.
- Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal estado
durante el horario del mismo.
- La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos propios de los
Programa de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera" que puedan
ocasionar daños materiales y poner en peligro la seguridad propia o ajena.
- La rotura y/o destrucción intencionada de maquinarias, herramientas, materiales e
instalaciones del Programa de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo
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