Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02894/2024)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural Ateneo "La Durana"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara
Anuncio 2894/2024
- Conocer las necesidades personales, motivaciones, competencias ya adquiridas y sus
potencialidades profesionales, así como los aspectos personales y habilidades menos
desarrolladas que habría que adquirir y/o fomentar.
- Realizar sesiones de evaluación individualizada.
- Realizar sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el
empleo.
- Analizar el perfil formativo y laboral, además de la situación personal del alumnado. Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos.
- Previsión elaboración y control presupuestario de las cantidades consignadas para el
desarrollo de actividades.
- Desarrollar los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad del
proyecto.
- Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento
y evaluación de los contenidos teórico-prácticos y de los trabajos a realizar por el alumnado
trabajador en su aspecto formativo.
- Implementar una metodología a utilizar por el equipo para que el proyecto formativo facilite
el trabajo por competencias.
Docente:
- Planificar, programar, seguir y evaluar los contenidos teórico-prácticos de su especialidad.
- Utilizar una metodología teniendo en cuenta el perfil de las personas participantes y facilitar el
trabajo por competencias, de forma transversal utilizando una metodología participativa y
grupal, dinamismo, cohesión de grupo y corresponsabilidad. El/a docente debe implicarse
como elemento orientador, promotor y facilitador de experiencias y del desarrollo
competencial del alumnado.
- Planificar y ejecutar las unidades de obra/ prestación de servicios según proyecto aprobado.
- Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la
situación real de los objetivos.
- Jefe/a de taller y de las actuaciones en obra asignadas. Uso y custodia de la maquinaria
herramientas y materiales asignadas.
- Control de asistencia diaria del alumnado trabajador.
- Aplicar de la normativa en Prevención de Riesgos Laborales.
- Colaborar en la creación de equipos de trabajo para la puesta en marcha de objetivos
comunes de búsqueda de empleo o de ideas de proyectos emprendedores similares con el fin
de hacerlos viables.
5. Condiciones del alumnado- trabajador.
Define la condición de alumno/a-trabajador/a en el programa Colaborativo Rural Ateneo, el mantener con Ayuntamiento de
Cordobilla de Lácara, (en adelante "Entidad Promotora") una relación regulada formalmente por un contrato de formación y
aprendizaje, por lo que son considerados trabajadores/as, sin perder la condición de alumno/a, en ningún caso.
La duración máxima del contrato es de seis meses, en virtud de la vigencia del programa.
Durante la duración del Contrato de Formación y Aprendizaje, el alumnado trabajador tendrá derecho a la percepción de un
salario equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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potencialidades profesionales, así como los aspectos personales y habilidades menos
desarrolladas que habría que adquirir y/o fomentar.
- Realizar sesiones de evaluación individualizada.
- Realizar sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el
empleo.
- Analizar el perfil formativo y laboral, además de la situación personal del alumnado. Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos.
- Previsión elaboración y control presupuestario de las cantidades consignadas para el
desarrollo de actividades.
- Desarrollar los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad del
proyecto.
- Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento
y evaluación de los contenidos teórico-prácticos y de los trabajos a realizar por el alumnado
trabajador en su aspecto formativo.
- Implementar una metodología a utilizar por el equipo para que el proyecto formativo facilite
el trabajo por competencias.
Docente:
- Planificar, programar, seguir y evaluar los contenidos teórico-prácticos de su especialidad.
- Utilizar una metodología teniendo en cuenta el perfil de las personas participantes y facilitar el
trabajo por competencias, de forma transversal utilizando una metodología participativa y
grupal, dinamismo, cohesión de grupo y corresponsabilidad. El/a docente debe implicarse
como elemento orientador, promotor y facilitador de experiencias y del desarrollo
competencial del alumnado.
- Planificar y ejecutar las unidades de obra/ prestación de servicios según proyecto aprobado.
- Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la
situación real de los objetivos.
- Jefe/a de taller y de las actuaciones en obra asignadas. Uso y custodia de la maquinaria
herramientas y materiales asignadas.
- Control de asistencia diaria del alumnado trabajador.
- Aplicar de la normativa en Prevención de Riesgos Laborales.
- Colaborar en la creación de equipos de trabajo para la puesta en marcha de objetivos
comunes de búsqueda de empleo o de ideas de proyectos emprendedores similares con el fin
de hacerlos viables.
5. Condiciones del alumnado- trabajador.
Define la condición de alumno/a-trabajador/a en el programa Colaborativo Rural Ateneo, el mantener con Ayuntamiento de
Cordobilla de Lácara, (en adelante "Entidad Promotora") una relación regulada formalmente por un contrato de formación y
aprendizaje, por lo que son considerados trabajadores/as, sin perder la condición de alumno/a, en ningún caso.
La duración máxima del contrato es de seis meses, en virtud de la vigencia del programa.
Durante la duración del Contrato de Formación y Aprendizaje, el alumnado trabajador tendrá derecho a la percepción de un
salario equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente.
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