Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02875/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Enfermero/a para la piscina municipal de verano, por el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

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Composición:
El Tribunal Calificador para las pruebas selectivas estará constituido por:
Presidente: Miembro de la función pública de igual o superior titulación o especialización, designados
por el Sr. Alcalde.
Secretario: Un empleado público municipal que actuará solo con voz, pero sin voto. Su labor se ceñirá
a dar fe pública, designado por el Sr. Alcalde.
Vocales: Tres empleados públicos o profesionales independientes, de igual o superior titulación,
categoría o especialización designados por el Sr. Alcalde.
En la designación de los miembros del Tribunal Calificador deberán respetarse los principios de imparcialidad
y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
A iniciativa de cada central sindical podrá estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un
observador por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en este
Ayuntamiento.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares
habrán de designarse.
Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas
pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas, así como de tareas de vigilancia
y control del desarrollo de los diferentes ejercicios.
Actuación del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia del Presidente y Secretario.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas
necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las
circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 47.7 letra d), de la Ley 7/2017, de 1 de
agosto.
Sexta.- Actuación de los aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se determinará,
conforme a la resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad al
resultado del sorteo público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas
selectivas que se convoquen durante el año 2024, según recoge el DOE de fecha 25 de abril de 2024, comenzando por los
aspirantes que su primer apellido comience por la letra "S", que estará vigente hasta el siguiente sorteo anual.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador a través
de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar,
motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en el tablón de anuncios del departamento de personal de este Excmo. Ayuntamiento y en el tablón de anuncios de su sede
electrónica en la página web https://www.villafrancadelosbarros.es, no se notificará individualmente a los aspirantes.
Los aspirantes/as serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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