Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talarrubias. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02822/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento regulador del uso y funcionamiento del Centro de Educación Infantil Municipal
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Ayuntamiento de Talarrubias

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- Documento acreditativo de discapacidad.
Artículo 8.- Proceso de admisión. Criterios de baremación.
A.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el/la Alcalde/sa dispondrá la instrucción del correspondiente
expediente administrativo en orden a emitir el correspondiente informe sobre adjudicación de plazas.
B.- Las actividades de instrucción comprenderán:
- Petición de cuantos informes se estimen necesarios. El interesado facilitará las inspecciones y actos de
investigación y control que el Ayuntamiento disponga a través de sus Servicios Técnicos y estará obligado a
aportar los documentos que se le requieran en orden a la determinación y comprobación de los datos en
virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.
- Evaluación de las solicitudes, efectuadas conforme a los criterios, formas y prioridades de valoración, que se
definen en el anexo.
C.- En caso de igualdad de puntuación, una vez finalizado el proceso de baremación, se aplicarán por orden los siguientes
criterios:
- Desarrollo de actividad laboral.
- Proximidad del Centro al domicilio laboral o familiar.
- Estar matriculado en el curso anterior.
- Tener hermano en el Centro.
- Fecha y hora de registro de la solicitud de la plaza.
D.- Una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, se remitirá el expediente a la Comisión de Valoración, que
estudiará las solicitudes presentadas, en tiempo y forma. Resolverá puntuando en cada caso, conforme al baremo
establecido.
E.- Se establecerá un plazo de presentación de reclamaciones, durante 5 días hábiles a contar desde la notificación del
acuerdo de adjudicación provisional, que serán revisadas por la Comisión de Valoración una vez concluido el mismo, que en
ningún caso podrá alterar los datos sustanciales aportados en el momento de la solicitud.
F.- Las listas aprobadas definitivamente serán:
- La de alumnos/as admitidos para niños/as entre 0 a 3 años.
- La de alumnos/as no admitidos para niños/as de 0 a 3 años y que por superar al número de plazas de
vacantes pasará a formar parte de la lista de espera.
Artículo 9.- Formalización de matrícula.
A.- La formalización de la matrícula de los alumnos admitidos se realizará en el propio Ayuntamiento de Talarrubias, dentro
del plazo establecido por el mismo.
B.- A efectos de formalizar la matrícula se debe aportar la siguiente documentación:
- Números de teléfono de ambos padres.
- Datos de la domiciliación bancaria.
- Correo electrónico.
- Firma de la aceptación del Reglamento de régimen interno del Centro.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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