Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (02768/2024)
Bases para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre, para una plaza de Auxiliar Administrativo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Anuncio 2768/2024
- Las preguntas de reserva solo serán tenidas en cuenta en caso de anulación
invalidación de alguna de las principales y siempre manteniendo el orden de las
mismas. En caso de que una de las respuestas contenga más de una de las
alternativas ofrecidas, se considerará nula y será considerada como no
contestada.
6.1.b.- Segundo ejercicio: (Hasta un máximo de 10 puntos) Consistirá en contestar un supuesto
de carácter práctico, durante un tiempo máximo de una hora y media, referentes al contenido
del temario anexo, en el que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en
referencia a la plaza objeto de la convocatoria.
6.1.1.- Será necesario obtener una puntuación superior a 10 para poder superar ambas partes de este
proceso selectivo.
6.1.2.- La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, hasta un
máximo de 20 puntos.
6.1.3.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en su
derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo salvo los casos debidamente justificados y libremente
apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
6.1.4.- En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
6.1.5.- Se garantizará en la calificación de los ejercicios escritos el anonimato de los aspirantes, en la medida
de lo posible, a través de los medios adecuados para ello.
6.1.6.- La publicación de la lista de aprobados de cada uno de los ejercicios y los anuncios de celebración de
los distintos ejercicios se efectuará en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela y
en la sede electrónica.
6.1.7.- Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de
los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del
interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación; deberá asimismo darle cuenta de
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.1.8.- Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para formular reclamaciones sobre el
contenido de la prueba. Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal en sus
deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla
correctora definitiva junto con la calificación de las pruebas, donde se harán constar, en su caso, las
preguntas anuladas en virtud de las impugnaciones planteadas, o acordadas de oficio por el Tribunal, que
serán sustituidas por las de reserva.
6.1.9.- En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si persistiese
dicho empate, se resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse todos los ejercicios
que integran la convocatoria.
6.1.10.- Puntuación final: Una vez finalizado el plazo de reclamación de la fase de concurso, y resueltas las
mismas, si las hubiera, se procederá a sumar los puntos obtenidos en la fase de concurso a los obtenidos en
la fase de oposición; dicha suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que han
aprobado las pruebas aquellos aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva.
6.1.11.- Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por el orden de
puntuación alcanzada que vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en el primer y
segundo ejercicio. Esta relación se hará pública por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación y
en la sede electrónica, haciendo constar la calificación final de las pruebas, que vendrá determinada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.
6.2. Fase de concurso. (Hasta un máximo de 2 puntos).
6.2.1. Sólo se valorará la fase de concurso a aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
6.2.2. En esta fase se valorarán los siguientes méritos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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invalidación de alguna de las principales y siempre manteniendo el orden de las
mismas. En caso de que una de las respuestas contenga más de una de las
alternativas ofrecidas, se considerará nula y será considerada como no
contestada.
6.1.b.- Segundo ejercicio: (Hasta un máximo de 10 puntos) Consistirá en contestar un supuesto
de carácter práctico, durante un tiempo máximo de una hora y media, referentes al contenido
del temario anexo, en el que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en
referencia a la plaza objeto de la convocatoria.
6.1.1.- Será necesario obtener una puntuación superior a 10 para poder superar ambas partes de este
proceso selectivo.
6.1.2.- La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, hasta un
máximo de 20 puntos.
6.1.3.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en su
derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo salvo los casos debidamente justificados y libremente
apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
6.1.4.- En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
6.1.5.- Se garantizará en la calificación de los ejercicios escritos el anonimato de los aspirantes, en la medida
de lo posible, a través de los medios adecuados para ello.
6.1.6.- La publicación de la lista de aprobados de cada uno de los ejercicios y los anuncios de celebración de
los distintos ejercicios se efectuará en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela y
en la sede electrónica.
6.1.7.- Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de
los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del
interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación; deberá asimismo darle cuenta de
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.1.8.- Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para formular reclamaciones sobre el
contenido de la prueba. Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal en sus
deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla
correctora definitiva junto con la calificación de las pruebas, donde se harán constar, en su caso, las
preguntas anuladas en virtud de las impugnaciones planteadas, o acordadas de oficio por el Tribunal, que
serán sustituidas por las de reserva.
6.1.9.- En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si persistiese
dicho empate, se resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse todos los ejercicios
que integran la convocatoria.
6.1.10.- Puntuación final: Una vez finalizado el plazo de reclamación de la fase de concurso, y resueltas las
mismas, si las hubiera, se procederá a sumar los puntos obtenidos en la fase de concurso a los obtenidos en
la fase de oposición; dicha suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que han
aprobado las pruebas aquellos aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva.
6.1.11.- Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por el orden de
puntuación alcanzada que vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en el primer y
segundo ejercicio. Esta relación se hará pública por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación y
en la sede electrónica, haciendo constar la calificación final de las pruebas, que vendrá determinada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.
6.2. Fase de concurso. (Hasta un máximo de 2 puntos).
6.2.1. Sólo se valorará la fase de concurso a aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
6.2.2. En esta fase se valorarán los siguientes méritos:
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