Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (02768/2024)
Bases para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre, para una plaza de Auxiliar Administrativo
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Anuncio 2768/2024
adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
5.- Tribunales Calificadores.
5.1.- El Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto de la siguiente forma, todos ellos
funcionarios de carrera:
a) Presidente: Designado por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos, de
categoría igual o superior a la de las plazas convocadas
b) Secretario: Funcionario habilitado de carácter nacional.
c) Vocales: Tres designados por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos,
de categoría igual o superior a la de las plazas convocadas, designadas por el órgano
convocante.
5.2.- El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les serán de
aplicación las mismas prescripciones.
5.3.- El Presidente del Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las
pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que
puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.4.- Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la presencia de la mitad, al menos, de sus
miembros, y en todo caso, la del Presidente y Secretario, o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.5.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo o hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpo o Escala análogos a los
que correspondan a las plazas convocadas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos
algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.6.- El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
6.- Sistema selectivo.
6.1.- Fase de oposición: (Hasta un máximo de 20 puntos)
La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema concurso-oposición libre. Cada una de las pruebas
de que se compone serán de carácter obligatorio y el primer ejercicio con carácter eliminatorio. Constando de
los siguientes ejercicios:
6.1.a.- Primer ejercicio: (Hasta un máximo de 10 puntos). Consistirá en contestar un
cuestionario de 100 preguntas (más 5 preguntas de reserva), sobre el temario especificado en
el anexo I, cada pregunta tendrá un valor de 0.10, la duración del ejercicio será de un tiempo
máximo de 90 minutos.
- Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo
una de ellas la correcta; la pregunta no contestada, no restará; y la pregunta con
contestación errónea se penalizará con la 0,05.
- Es necesario obtener un mínimo de 5 puntos para poder realizar el segundo
ejercicio de la oposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 12
Anuncio 2768/2024
adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
5.- Tribunales Calificadores.
5.1.- El Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto de la siguiente forma, todos ellos
funcionarios de carrera:
a) Presidente: Designado por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos, de
categoría igual o superior a la de las plazas convocadas
b) Secretario: Funcionario habilitado de carácter nacional.
c) Vocales: Tres designados por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos,
de categoría igual o superior a la de las plazas convocadas, designadas por el órgano
convocante.
5.2.- El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les serán de
aplicación las mismas prescripciones.
5.3.- El Presidente del Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las
pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que
puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.4.- Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la presencia de la mitad, al menos, de sus
miembros, y en todo caso, la del Presidente y Secretario, o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.5.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo o hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpo o Escala análogos a los
que correspondan a las plazas convocadas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos
algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.6.- El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
6.- Sistema selectivo.
6.1.- Fase de oposición: (Hasta un máximo de 20 puntos)
La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema concurso-oposición libre. Cada una de las pruebas
de que se compone serán de carácter obligatorio y el primer ejercicio con carácter eliminatorio. Constando de
los siguientes ejercicios:
6.1.a.- Primer ejercicio: (Hasta un máximo de 10 puntos). Consistirá en contestar un
cuestionario de 100 preguntas (más 5 preguntas de reserva), sobre el temario especificado en
el anexo I, cada pregunta tendrá un valor de 0.10, la duración del ejercicio será de un tiempo
máximo de 90 minutos.
- Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo
una de ellas la correcta; la pregunta no contestada, no restará; y la pregunta con
contestación errónea se penalizará con la 0,05.
- Es necesario obtener un mínimo de 5 puntos para poder realizar el segundo
ejercicio de la oposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 12