Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02461/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 2461/2024

fachada del edificio de viviendas más desfavorable en función de la distancia.
h) Medidas correctoras, en su caso, a adoptar y niveles sonoros resultantes.
i) Planos de emplazamiento de la actividad, elementos ruidosos y receptores colindantes,
indicando usos y límites de ruido aplicables. Para edificaciones del entorno, se acotarán
distancias entre la actividad y dichas edificaciones.
4. El Ayuntamiento, tras comprobar la documentación anterior, podrá conceder la autorización, si procede,
estableciendo las fechas, horarios y condiciones bajo las cuales deberá desarrollarse la actividad.
5. No se concederá autorización si la documentación presentada no garantiza el cumplimiento de:
a) Los límites de inmisión de ruido en el interior y en el exterior, si la actividad se ubica en un
edificio con otros usos o colinda con otros usos.
b) Los límites de inmisión de ruido en el exterior, en las fachadas de los edificios distantes más
desfavorables, si la actividad no se ubica en edificio con otros usos ni colinda con otros usos.
6. En cualquier caso, la autorización será discrecional por parte del Ayuntamiento. La denegación será
motivada, en tal supuesto.
SECCIÓN 2.ª. ACTIVIDADES OCASIONALES Y EXTRAORDINARIAS EN ESTABLECIMIENTOS A LA INTEMPERIE
Artículo 16. Régimen especial para actividades ocasionales y extraordinarias a desarrollar en establecimientos al aire libre o
con espacios al aire libre.
1. Sin perjuicio de las autorizaciones que puedan concederse por la administración autonómica en el ejercicio
de sus competencias, de acuerdo con lo establecido en el decreto 67/2022, de 8 de junio, podrán acogerse a
las prescripciones de este régimen especial las actividades ocasionales o extraordinarias sujetas a
autorización municipal, a desarrollar en establecimientos al aire libre o con espacios al aire libre.
2. En el estudio acústico a realizar deberán detallarse las medidas necesarias que justifiquen el cumplimiento
de los límites de inmisión de ruido establecidos en la Ordenanza. No obstante, cuando sea técnicamente
imposible justificar el cumplimiento de los límites de inmisión de ruido en el exterior y no existan receptores
ajenos en el mismo edificio donde se ubica la actividad, el límite de inmisión de ruido en el exterior podrá
justificarse en la fachada del edificio receptor más desfavorable, sin perjuicio de las condiciones que el órgano
municipal competente requiera adoptar en la actividad.
Cuando tratándose de una actividad ocasional o extraordinaria a celebrar en acto único, sea técnicamente
imposible justificar también el cumplimiento de los límites de inmisión de ruido en el exterior, en la fachada
del edificio receptor más desfavorable, podrá otorgarse autorización, en su caso, mediante declaración por
parte de la autoridad competente, previa solicitud del titular al respecto, de que la actividad se considera de
especial proyección oficial, cultural, recreativa, religiosa o de naturaleza análoga, en virtud de lo establecido
en el artículo 9 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, sin perjuicio de establecer las condiciones o
limitaciones oportunas en orden a que el desarrollo de la actividad cause las menos molestias posibles.
3. No podrán autorizarse actividades ocasionales o extraordinarias en zonas declaradas acústicamente
saturadas.
4. En cualquier caso, la autorización será discrecional por parte del Ayuntamiento. La denegación será
motivada, en tal supuesto.
SECCIÓN 3.ª. USO DE MEGAFONÍA EN LA VÍA PÚBLICA
Artículo 17. Prescripciones específicas para el uso de megafonía en la vía pública.
1. El uso de megafonía en la vía pública con fines propagandísticos o comerciales requerirá autorización
municipal expresa.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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