Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02498/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de personal laboral temporal de una plaza de Director/a de la Banda Municipal de Música
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 2498/2024

También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
correo electrónico: personal@villafrancadelosbarros.es o vía fax al número 924527978.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 10 días hábiles desde la publicación de estas bases en
el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, a la que habrá que acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento
de los requisitos necesarios para ser admitidos, así como la de aquella que el aspirante pretenda que sea valorada por el
Tribunal, en la fase de concurso. La documentación se presentará en original o fotocopia compulsada.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web del
mismo.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen
dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante. En ningún caso
la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría sustitución del trámite de presentación de
la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 35,00 euros, atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa de los
derechos de examen (BOP número 166 de 31 de agosto de 2021) y se harán efectivos mediante alguna de las siguientes
formas: y se harán efectivos de cualquiera de las 2 formas siguientes:
Pago con tarjeta bancaria a través de nuestra página web en el enlace:
https://www.villafrancadelosbarros.es/services?category=tramites o bien dentro de la pagina siguiendo la ruta:
Tramites – Servicios -Trámites Administrativos - Tasa derechos de examen. Siendo necesario para ello registrarse
previamente en la página e indicar como concepto: "Pruebas selectivas Director/a de Banda Municipal de Música".
Por ingreso en el número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939 7936. Debiendo figurar en el documento de
pago el concepto: "Pruebas selectivas Director/a de Banda Municipal de Música", además de nombre, apellidos y DNI
del aspirante.
Exenciones y bonificaciones:
Estarán exentos del pago de la tasa, aquellos solicitantes que acrediten, en el momento de presentación de la solicitud, la
condición de demandante de empleo de 180 días en los últimos 12 meses, a través del correspondiente informe de periodo
ininterrumpido inscrito en situación de desempleo e informe de vida laboral actualizado.
Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias numerosas que
tengan reconocidas tal condición, clasificadas de "categoría especial", de acuerdo al artículo 12 c) de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección de Familia Numerosa o discapacitados en grado igual o superior al 33% y del 30% del importe de
la tasa para los miembros de familia numerosa que tengan reconocida la condición, clasificadas de "categoría general",
acreditándolo con certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el
momento de presentación de la solicitud.

Tarifas Director/a de Banda Municipal de Música

Tasa derecho a examen A2 (€)

Tarifa general

35,00

Familia numerosa "categoría general"

24,50

Familia numerosa "categoría especial"

17,50

Discapacitados en grado igual o superior al 33%
Demandante de empleo, 180 días en los últimos 12 meses
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

17,50
Exento

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