Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02507/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro de Día
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

Anuncio 2507/2024

o no sea localizado, la persona usuaria será trasladado sin acompañante.
3. Las personas usuarias que deban acudir al médico o ir a un centro especializado, deberán hacerlo por su
cuenta o contar con la ayuda de familiares.
4. Cuando las personas usuarias no puedan valerse por sí mismos, se les buscará una solución adecuada a su
situación, que se acordará cuando se produzca la situación. Efectuar acuerdos de familia, contratar apoyo
pagado por la persona usuario o familiares, solicitar ingreso en un centro adecuado, o cualquier otra solución
que se considere oportuna.
◦ Visitas.
Con el objeto de no interrumpir la rutina y las actividades diarias programadas en el centro, las personas
usuarias no recibirán visitas de familiares, amigos… A excepción de las programadas o autorizadas por el
Centro.
◦ Salidas del Centro de Día.
1. Las personas usuarias podrán salir del Centro, solas o acompañadas, siempre que sus condiciones físicas o
psíquicas lo permitan, previa autorización familiar.
2. Las personas usuarias que salgan del Centro, deberán notificarlo al mismo, donde quedarán constancia de
la salida.
3. El Centro no se hace responsable de las incidencias, daños y/o perjuicios que reciba o provoque el
residente hacia sí mismo o hacia terceros.
Artículo 28.- En el precio de la plaza del Centro de Día.
En el precio de la plaza en Centro de Día irán incluidos los siguientes servicios:
a. Servicio de comedor:
Desayuno.
Comida.
Dietas especiales.
Elaboración de menús especiales.
Control de menús, higiene alimentaria.
Manipulación de alimentos.
Información a personas usuarias y/o familiares sobre las comidas que se suministran en el Centro.
b. Servicio de higiene (solo para personas dependientes):
Aseo personal.
Continencia urinaria y fecal.
c. Servicio de supervisión y promoción de la salud:
Recogida de información relacionada con la salud al ingreso del usuario.
Control diario del estado físico de la persona usuaria.
Control de posibles complicaciones.
Planificación de cuidados básicos.
Control de enfermería.
Supervisión de tratamientos médicos.
d. Servicio de información:
Servicio de información, valoración y orientación de las necesidades de la persona usuaria y/o sus
cuidadores principales.
Recogida y traslado de información a la familia.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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